V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. ADMINISTRACIÓN LOCAL. (BOE-B-2024-25790)
Acuerdo del Ayuntamiento de Benahavís sobre la concesión de autorización a Caixabank, S.A. para la colaboración en la gestión recaudatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Lunes 8 de julio de 2024

Sec. V-B. Pág. 38708

SEGUNDO. La anterior autorización se entenderá referida al conjunto de la red
de oficinas y cajeros de la Entidad y tendrá duración indefinida, salvo los supuestos
de suspensión temporal o revocación definitiva previstos para el supuesto de
incumplimiento de las obligaciones que le correspondan.
TERCERO. Se designa la oficina ubicada en Calle Estepona, 12, Local 2,
29679, con clave bancaria 2100-0936, como oficina de relación para la
comunicación de información y datos entre esta Entidad Financiera y el
Ayuntamiento de Benahavís.
CUARTO. El horario de atención al público para pago en cajero será de lunes a
viernes durante todo el horario de apertura.
QUINTO. Notificar el presente acuerdo al interesado, requiriéndole que con
anterioridad al inicio del servicio, y de conformidad con el art. 17.3 del Reglamento
General de Recaudación comunique ante este Ayuntamiento la fecha prevista para
el inicio del servicio.
SEXTO. Publicar un extracto del presente acuerdo en el Boletín Oficial del
Estado, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 17.2 del Reglamento
General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio."
Contra el presente Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, puede
interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante este órgano, en
el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de esta Provincia, en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación
por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro
recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho
Benahavís, 13 de junio de 2024.- Alcalde Presidente, Jose Antonio Mena
Castilla.

cve: BOE-B-2024-25790
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X