III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13879)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Sábado 6 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 84553

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
13879

Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica
el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la
Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad.

La Abogada General del Estado y el Presidente de la Entidad Pública Empresarial
ADIF-Alta Velocidad han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 29 de junio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del Estado) y la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad
4 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del
Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 19/2023, de 17 de enero (BOE
núm. 15, de 18 de enero de 2023), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su
favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7.d) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de
octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Ángel Contreras Marín, actuando en nombre y representación de
la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, con domicilio social en calle Sor
Ángela de la Cruz, 3, 1.ª planta, 28020 Madrid, y NIF Q2802152E, en su condición de
Presidente, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1049/2023, de 7 de
diciembre, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 23.2.a) del
Estatuto de ADIF-Alta Velocidad, aprobado mediante Real Decreto 1044/2013, de 27 de
diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad.

Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el centro directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos
autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos
que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General
del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un
convenio.

cve: BOE-A-2024-13879
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