III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-13868)
Resolución de 21 de junio de 2024, de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos, para la realización de prácticas académicas externas no remuneradas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84471
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la URJC es una entidad pública y tiene entre sus funciones la creación,
desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura; la difusión, la
valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
vida y del desarrollo económico; así como la difusión del conocimiento y de la cultura a
través de la extensión universitaria y de la formación continuada. Asimismo, asume su
compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de
nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades que
permitan completar el proceso formativo de sus estudiantes con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos, y que mantiene un compromiso con la
sociedad que va más allá de su actividad empresarial, que conoce iniciativas que lleva a
cabo la AECID y que quiere colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la URJC debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la URJC el interés por contribuir a la formación en
materia de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores
universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese
centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a
través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la URJC realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de
la AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Oficinas de Cooperación Española
de la AECID en el exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
cve: BOE-A-2024-13868
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 163
Sábado 6 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84471
Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, es una entidad de Derecho
Público adscrita al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación a
través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional (SECI).
Segundo.
Que la URJC es una entidad pública y tiene entre sus funciones la creación,
desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura; la difusión, la
valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de
vida y del desarrollo económico; así como la difusión del conocimiento y de la cultura a
través de la extensión universitaria y de la formación continuada. Asimismo, asume su
compromiso de acercar la formación universitaria a la realidad social y profesional de
nuestro entorno, mediante el establecimiento de relaciones con otras entidades que
permitan completar el proceso formativo de sus estudiantes con una puesta en práctica
de los conocimientos teóricos adquiridos, y que mantiene un compromiso con la
sociedad que va más allá de su actividad empresarial, que conoce iniciativas que lleva a
cabo la AECID y que quiere colaborar con ella.
Tercero.
Que la formación que ofrece la URJC debe basarse tanto en la teoría como en la
práctica, proporcionando a los alumnos una orientación profesional que les permita
incorporarse al mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y
garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
Cuarto.
Que la AECID comparte con la URJC el interés por contribuir a la formación en
materia de cooperación internacional para el desarrollo de titulados superiores
universitarios, y manifiesta su deseo de colaborar en la formación de los alumnos de ese
centro educativo, al objeto de completar sus conocimientos teóricos y habilidades, a
través de la realización de prácticas curriculares y extracurriculares.
Quinto.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 de la Ley 40/2015, de 1
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ha sido informado
favorablemente por la Asesoría Jurídica de la AECID y su firma ha sido autorizada por el
Ministerio de Hacienda, con fecha 20 de marzo de 2024.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio para la
participación del alumnado en la AECID, para la realización de prácticas académicas
externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer las condiciones por las que
estudiantes de grado y posgrado de la URJC realizarán un programa de prácticas
académicas externas curriculares y extracurriculares no remuneradas, de cualquier
enseñanza impartida por la Universidad, dentro de cualquiera de las áreas de trabajo de
la AECID, ya sea en sus Servicios Centrales o en las Oficinas de Cooperación Española
de la AECID en el exterior y siempre de acuerdo con el Real Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios.
cve: BOE-A-2024-13868
Verificable en https://www.boe.es
Primera.