I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Ayudas. (BOE-A-2024-13826)
Decreto-ley 1/2024, de 28 de mayo, de ayudas extraordinarias al sector del viñedo de secano y a las Agrupaciones Técnicas de Sanidad Vegetal por asesoramiento técnico en materia de sanidad vegetal y de medidas en materia de juego, simplificación administrativa, cooperativas, tasas y precios públicos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Sábado 6 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 84409

Cláusula protección datos.
Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario
correspondiente a la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en
concordancia con la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de
Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido
en el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679 (UE) de 27 de abril de 2016
y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantías de los derechos digitales.
Responsable del tratamiento de sus datos:
− Responsable Junta de Extremadura: Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible.
− Dirección: Av/ Luis Ramallo s/n. 06800 Mérida (Badajoz).
− Correo electrónico: informacionagraria@juntaex.es - Teléfono: 924002131.
− Datos de contacto del delegado de protección de datos: dpd@juntaex.es.
Finalidades con las que vamos a tratar sus datos personales:
Serán tratados con las siguientes finalidades:
Gestionar las solicitudes de ayudas y/o subvenciones. Gestión y resolución de las
ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrícolas.
Legitimación para el tratamiento de sus datos:
La base legal para los tratamientos indicados es:
RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal
aplicable al responsable del tratamiento.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18
de noviembre). Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE núm. 59, de 25 de marzo).
Tiempo que se van a mantener sus datos personales:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que
se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar
de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la
normativa de archivos y documentación. Los datos económicos de esta actividad de
tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de
diciembre, general tributaria.

En el supuesto de que las ayudas estén financiadas total o parcialmente con fondos
europeos, los datos personales tratados en este procedimiento podrán ser cedidos a la
Dirección General de Financiación Autonómica y Fondos Europeos para llevar a cabo las
verificaciones administrativas previas a la declaración de gastos a la Comisión Europea,
conforme el dilo 151 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la
ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de
la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE)
n.º 1307/2013. Asimismo, podrán ser transferidos datos a otros organismos u órganos de la
Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado cuando así lo
prevea una norma de derecho de la Unión Europea o una ley nacional, que determine las

cve: BOE-A-2024-13826
Verificable en https://www.boe.es

Destinatarios a los que se comunicarán sus datos.