III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-13757)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Administración Pública y el Instituto Nacional de Estadística, para la cesión de uso de los servicios de la plataforma de formación basada en Moodle del INAP.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83644
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para la posible indemnización por incumplimiento se
tendrán en cuenta los siguientes criterios: gravedad del perjuicio causado a la otra parte,
relación causal directa entre el incumplimiento y la producción de los daños, posibilidad
de reparación, circunstancias concurrentes.
Duodécima.
Información pública e imagen institucional.
Cada una de las partes destacará la colaboración que mantiene con la otra en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de sus actividades conjuntas.
A estos efectos, ambas partes se comprometen a respetar recíprocamente sus
directrices de imagen institucional.
Decimotercera.
Efectos y duración.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y tendrá una duración de cuatro años. Así
mismo, podrá ser prorrogado, hasta un máximo de cuatro años, por acuerdo expreso y
unánime de las partes. En este caso la prórroga deberá ser formalizada por escrito,
mediante adenda, antes de la expiración del plazo convenido.
En este último caso las partes se comprometen a garantizar la finalización del curso
por parte de los alumnos.
cve: BOE-A-2024-13757
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en formato digital.–La Directora del Instituto
Nacional de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.–La Presidenta del
Instituto Nacional de Estadística, Elena Manzanera Díaz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83644
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, para la posible indemnización por incumplimiento se
tendrán en cuenta los siguientes criterios: gravedad del perjuicio causado a la otra parte,
relación causal directa entre el incumplimiento y la producción de los daños, posibilidad
de reparación, circunstancias concurrentes.
Duodécima.
Información pública e imagen institucional.
Cada una de las partes destacará la colaboración que mantiene con la otra en
cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de sus actividades conjuntas.
A estos efectos, ambas partes se comprometen a respetar recíprocamente sus
directrices de imagen institucional.
Decimotercera.
Efectos y duración.
El presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes
y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su
formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y tendrá una duración de cuatro años. Así
mismo, podrá ser prorrogado, hasta un máximo de cuatro años, por acuerdo expreso y
unánime de las partes. En este caso la prórroga deberá ser formalizada por escrito,
mediante adenda, antes de la expiración del plazo convenido.
En este último caso las partes se comprometen a garantizar la finalización del curso
por parte de los alumnos.
cve: BOE-A-2024-13757
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido,
ambas partes firman el presente convenio en formato digital.–La Directora del Instituto
Nacional de Administración Pública, Consuelo Sánchez Naranjo.–La Presidenta del
Instituto Nacional de Estadística, Elena Manzanera Díaz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X