III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-13753)
Resolución de 29 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Biblioteca Nacional de España, O.A., el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., el Gobierno de Canarias, el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, la Fundación Juanelo Turriano y la Universidad Politécnica de Madrid, en relación con la exposición «Agustín de Betancourt».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 5 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83614

1) Motivo de la muestra y oportunidad de inclusión de las obras solicitadas en la
misma, debiendo tenerse en cuenta que sólo se accederá al préstamo de obras cuando
se trate de piezas insustituibles y directamente relacionadas con el tema de la
exposición.
Relación completa de las obras solicitadas, en la que deberá figurar:
– Signatura topográfica.
– Autor.
– Título.
– Lugar, editorial o imprenta, año de edición o impresión y, en el caso de
manuscritos, lugar y fecha de producción.
– Número de volumen y, en el caso de publicaciones periódicas, fecha concreta,
año, mes, día y/o número de la publicación.
– Medidas.
– Página por la que se desea exponer la obra.
– En el caso de dibujos, grabados y mapas se añadirá la técnica utilizada.
No se autorizarán aquellas solicitudes en las que las obras no aparezcan plenamente
identificadas.
2) Fechas de celebración de la muestra. Cualquier cambio de fechas deberá ser
comunicado con la debida antelación a la Biblioteca Nacional de España quien deberá
autorizar expresamente los citados cambios.
La cesión de las obras estará condicionada a la aprobación previa por parte de la
Biblioteca Nacional de España del proyecto expositivo y de las vitrinas. La Biblioteca
Nacional de España podrá solicitar para determinadas obras, por su valor o por su
estado, condiciones especiales de conservación referentes a las características de la
vitrina (individual, climatizada, etc.).
3. Duración de las exposiciones. Los libros podrán estar abiertos por la misma
página durante 90 días como máximo. Transcurrido ese periodo de tiempo se procederá
al cambio de página, manipulación que deberá realizar siempre un correo de la
Biblioteca Nacional de España. El periodo de préstamo de una misma obra no superará
los 6 meses de exposición efectiva al año.
4. Restauración. La Biblioteca Nacional de España se reserva el derecho a decidir
si las obras serán restauradas o no teniendo en cuenta su estado de conservación y
otros aspectos científicos y técnicos.
En el caso de los libros, documentos, dibujos y obra gráfica, como norma general la
Biblioteca Nacional de España se encargará de la restauración, pero cuando si la BNE lo
estima conveniente por razones de índole técnica la entidad organizadora asumirá los
gastos de la intervención.
En el caso de cuadros, estatuas, mobiliario y objetos en general, todos los costes
asociados a la restauración deberán ser asumidos por el organizador, incluyendo los
gastos correspondientes al transporte y seguro de las obras para su restauración fuera
de la BNE.
Cuando la restauración se realice por contratación externa, la BNE solicitará, siempre
que sea posible, un mínimo de tres ofertas, reservándose el derecho de seleccionar la
que estime más conveniente desde el punto de vista técnico.
5. Montaje de las obras. Las obras se instalarán siguiendo las indicaciones dadas
por la BNE. De manera general, los libros se colocarán sobre atriles confeccionados a
medida, en metacrilato, cartón de conservación o cartón pluma de conservación,
cuidando de que el ángulo de apertura coincida con el mencionado en los informes de
estado. De modo general, este no superará los 90° salvo en los casos en que se señale
expresamente.
Los atriles serán confeccionados y sometidos a la aprobación de la Biblioteca
Nacional de España. Los gastos de diseño y confección de los atriles correrán a cargo

cve: BOE-A-2024-13753
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Núm. 162