III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-13820)
Resolución de 1 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y Axis Participaciones Empresariales, S.G.E.I.C., SA, S.M.E., para la instrumentación de las facilidades ICO-Verde e ICO Empresas y Emprendedores financiadas por la Unión Europea en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84302
ANEXO A
Selección Intermediarios Financieros
CERTIFICADO DE LA ENTIDAD INTERMEDIARIA PARA CLASIFICACIÓN COMO INTERMEDIARIO
FINANCIERO EN OPERATIVA DE FINANCIACIÓN MRR GESTIONADA POR ICO
A los efectos de llevar a cabo la selección de intermediarios financieros, en cumplimiento de los requerimientos
de selección establecidos por la Comisión Europea, y tal como se refleja en el Council Implementing Decision (CID)
aprobado para la utilización de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para España, las
entidades intermediarias que soliciten operar como intermediarios financieros en ICO Mediación MRR, con carácter
previo a la formalización de los contratos ICO MRR, deberán acreditar y declarar formalmente a ICO el cumplimiento
de ciertos criterios y condiciones previstas en el contrato con ICO basado en el Convenio que corresponda a Cada
Facilidad gestionada por ICO .
La clasificación como intermediario financiero requiere además la constatación de la información disponible
sobre la entidad, su supervisión y su sujeción a la normativa financiera, en línea con las mejores prácticas del sector
y en el marco de la aplicación de las políticas del ICO para la actividad de Mediación.
Don/Doña_______________________ (representante Entidad)_____________ con DNI/NIE n.º ______________
y domicilio en______________________ calle______________________________ número________________
como representante legal de______________________________________________ (denominación social de la
entidad) ____________________________________ con NIF ______________________________ y domicilio
fiscal en _________________________ calle______________________________ número___________________
en adelante, la Entidad o el Intermediario Financiero.
Con base en lo anterior, la Entidad (recoger nombre de la Entidad), que solicita la clasificación como
intermediario financiero para operar en Líneas ICO Mediación MRR, CERTIFICA que,
1. Es una entidad intermediaria privada sujeta a la supervisión del Banco de España o del Banco Central
Europeo.
El ICO podrá comprobar directamente o solicitar al organismo supervisor la confirmación formal de que la
entidad se encuentra sujeta a su supervisión.
2. Que, como tal entidad intermediaria está sujeta a la normativa de ordenación, supervisión y solvencia de
entidades intermediarias vigente en España.
3. Tiene la consideración de sujeto obligado por la normativa de prevención del blanqueo de capitales y
financiación del terrorismo y, como tal, tiene mecanismos de control según normativa aplicable.
4. Cuenta con mecanismos de control de los conflictos de intereses según normativa aplicable.
Estos mecanismos se complementarán con el procedimiento aplicable por ICO para el análisis ex ante del
riesgo de conflicto de intereses entre el intermediario financiero e ICO mediante el cruce de datos con la aplicación
MINERVA, u otra que la sustituya en el futuro, mediante el cruce de datos facilitado por la Entidad.
6. Tiene capacidad de gestión para ejecutar los fondos del MRR y cuenta con los procedimientos adecuados
para el seguimiento y control de las operaciones.
Asimismo, la Entidad se obliga a:
I El cumplimiento de la normativa aplicable, en particular, pero no exclusivamente, la normativa
medioambiental aplicable a su actividad.
cve: BOE-A-2024-13820
Verificable en https://www.boe.es
5. Su gobernanza cumple con la normativa aplicable y tiene establecidos mecanismos para prevenir,
detectar y corregir el fraude, doble financiación, la corrupción y los conflictos de intereses con los receptores
finales a los que otorgue financiación según normativa aplicable, para poder ejercitar acciones legales y para
recuperar los fondos del MRR que hayan sido objeto de aplicación indebida.
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 84302
ANEXO A
Selección Intermediarios Financieros
CERTIFICADO DE LA ENTIDAD INTERMEDIARIA PARA CLASIFICACIÓN COMO INTERMEDIARIO
FINANCIERO EN OPERATIVA DE FINANCIACIÓN MRR GESTIONADA POR ICO
A los efectos de llevar a cabo la selección de intermediarios financieros, en cumplimiento de los requerimientos
de selección establecidos por la Comisión Europea, y tal como se refleja en el Council Implementing Decision (CID)
aprobado para la utilización de los fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) para España, las
entidades intermediarias que soliciten operar como intermediarios financieros en ICO Mediación MRR, con carácter
previo a la formalización de los contratos ICO MRR, deberán acreditar y declarar formalmente a ICO el cumplimiento
de ciertos criterios y condiciones previstas en el contrato con ICO basado en el Convenio que corresponda a Cada
Facilidad gestionada por ICO .
La clasificación como intermediario financiero requiere además la constatación de la información disponible
sobre la entidad, su supervisión y su sujeción a la normativa financiera, en línea con las mejores prácticas del sector
y en el marco de la aplicación de las políticas del ICO para la actividad de Mediación.
Don/Doña_______________________ (representante Entidad)_____________ con DNI/NIE n.º ______________
y domicilio en______________________ calle______________________________ número________________
como representante legal de______________________________________________ (denominación social de la
entidad) ____________________________________ con NIF ______________________________ y domicilio
fiscal en _________________________ calle______________________________ número___________________
en adelante, la Entidad o el Intermediario Financiero.
Con base en lo anterior, la Entidad (recoger nombre de la Entidad), que solicita la clasificación como
intermediario financiero para operar en Líneas ICO Mediación MRR, CERTIFICA que,
1. Es una entidad intermediaria privada sujeta a la supervisión del Banco de España o del Banco Central
Europeo.
El ICO podrá comprobar directamente o solicitar al organismo supervisor la confirmación formal de que la
entidad se encuentra sujeta a su supervisión.
2. Que, como tal entidad intermediaria está sujeta a la normativa de ordenación, supervisión y solvencia de
entidades intermediarias vigente en España.
3. Tiene la consideración de sujeto obligado por la normativa de prevención del blanqueo de capitales y
financiación del terrorismo y, como tal, tiene mecanismos de control según normativa aplicable.
4. Cuenta con mecanismos de control de los conflictos de intereses según normativa aplicable.
Estos mecanismos se complementarán con el procedimiento aplicable por ICO para el análisis ex ante del
riesgo de conflicto de intereses entre el intermediario financiero e ICO mediante el cruce de datos con la aplicación
MINERVA, u otra que la sustituya en el futuro, mediante el cruce de datos facilitado por la Entidad.
6. Tiene capacidad de gestión para ejecutar los fondos del MRR y cuenta con los procedimientos adecuados
para el seguimiento y control de las operaciones.
Asimismo, la Entidad se obliga a:
I El cumplimiento de la normativa aplicable, en particular, pero no exclusivamente, la normativa
medioambiental aplicable a su actividad.
cve: BOE-A-2024-13820
Verificable en https://www.boe.es
5. Su gobernanza cumple con la normativa aplicable y tiene establecidos mecanismos para prevenir,
detectar y corregir el fraude, doble financiación, la corrupción y los conflictos de intereses con los receptores
finales a los que otorgue financiación según normativa aplicable, para poder ejercitar acciones legales y para
recuperar los fondos del MRR que hayan sido objeto de aplicación indebida.