II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Integraciones. (BOE-A-2024-13679)
Orden EFD/690/2024, de 1 de julio, por la que se corrigen errores en la Orden EFP/952/2023, de 1 de agosto, por la que, a propuesta de la Vicepresidencia y Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid, se integra en el Cuerpo de Profesores de Educación Secundaria al personal funcionario de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, en virtud del procedimiento convocado por Resolución de 22 de noviembre de 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. II.A. Pág. 83415
Por lo que antecede, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Proceder a la corrección del anexo III de la Orden EFP/952/2023, de 1 de agosto, por
la que, a propuesta de la Vicepresidencia y Consejería de Educación y Universidades de
la Comunidad de Madrid, se integra en el Cuerpo de Profesores de Educación
Secundaria al personal funcionario de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores
Técnicos de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, en virtud del
procedimiento convocado por Resolución de 22 de noviembre de 2022, eliminando del
listado a la siguiente candidata, con indicación de documento nacional de identidad y
turno de acceso:
En la página 116410, en la Especialidad: 221 Procesos Comerciales:
«TORRE LOSCOS, CELIA DE LA. ****5331 03»
Segundo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
cve: BOE-A-2024-13679
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de julio de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación,
Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 162
Viernes 5 de julio de 2024
Sec. II.A. Pág. 83415
Por lo que antecede, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.
Proceder a la corrección del anexo III de la Orden EFP/952/2023, de 1 de agosto, por
la que, a propuesta de la Vicepresidencia y Consejería de Educación y Universidades de
la Comunidad de Madrid, se integra en el Cuerpo de Profesores de Educación
Secundaria al personal funcionario de carrera del Cuerpo, a extinguir, de Profesores
Técnicos de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid, en virtud del
procedimiento convocado por Resolución de 22 de noviembre de 2022, eliminando del
listado a la siguiente candidata, con indicación de documento nacional de identidad y
turno de acceso:
En la página 116410, en la Especialidad: 221 Procesos Comerciales:
«TORRE LOSCOS, CELIA DE LA. ****5331 03»
Segundo.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el
plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
cve: BOE-A-2024-13679
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 1 de julio de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes, P.D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación,
Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X