V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA. (BOE-B-2024-25128)
Resolución del Museo Nacional del Prado, por la que se convoca 1 beca Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado de formación, investigación y capacitación técnica de especialistas en desarrollo digital.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161
Jueves 4 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 37698
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA
25128
Resolución del Museo Nacional del Prado, por la que se convoca 1
beca Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado
de formación, investigación y capacitación técnica de especialistas en
desarrollo digital.
BDNS(Identif.):772240
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
772240)
Primero. Beneficiarios
Los requisitos de obligado cumplimiento exigidos para participar en esta
convocatoria son los siguientes:
1.- Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión
Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de
incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español -hablado y escritoque permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente durante su
actividad formativa
2.- Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido
con posterioridad a enero de 2019. En cuanto al plazo, se atenderá
exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se
tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros
estudios de postgrado.
3.- Poseer la titulación exigida:
Grado universitario o equivalente en: Estudios de humanidades: Historia del
Arte, Filosofía, Filología u otros. Estudios técnicos: Ingeniería de Desarrollo de
Contenidos Digitales, Ingeniería Multimedia, Ciencia de Datos e Inteligencia
Artificial u otros. Estudios creativos: Bellas Artes, Diseño Digital, Diseño Multimedia
y Gráfico, Desarrollo de videojuegos, Diseño u otros. Los expedientes académicos
con valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por
debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala
de 0 a 10).
5.- No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca
del MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios
Cátedra del Prado).
6.- No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quien concurra
cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
cve: BOE-B-2024-25128
Verificable en https://www.boe.es
4.- Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social y no ser deudor por obligaciones de reintegro.
Núm. 161
Jueves 4 de julio de 2024
Sec. V-B. Pág. 37698
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE CULTURA
25128
Resolución del Museo Nacional del Prado, por la que se convoca 1
beca Fundación María Cristina Masaveu Peterson - Museo del Prado
de formación, investigación y capacitación técnica de especialistas en
desarrollo digital.
BDNS(Identif.):772240
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
772240)
Primero. Beneficiarios
Los requisitos de obligado cumplimiento exigidos para participar en esta
convocatoria son los siguientes:
1.- Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión
Europea, en adelante UE, o de alguno de los Estados signatarios del Acuerdo
sobre el Espacio Económico Europeo; ser residente en España en el momento de
incorporarse a la beca; poseer un dominio del idioma español -hablado y escritoque permita a los solicitantes desenvolverse satisfactoriamente durante su
actividad formativa
2.- Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título exigido
con posterioridad a enero de 2019. En cuanto al plazo, se atenderá
exclusivamente la finalización de la diplomatura, licenciatura o grado, sin que se
tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros
estudios de postgrado.
3.- Poseer la titulación exigida:
Grado universitario o equivalente en: Estudios de humanidades: Historia del
Arte, Filosofía, Filología u otros. Estudios técnicos: Ingeniería de Desarrollo de
Contenidos Digitales, Ingeniería Multimedia, Ciencia de Datos e Inteligencia
Artificial u otros. Estudios creativos: Bellas Artes, Diseño Digital, Diseño Multimedia
y Gráfico, Desarrollo de videojuegos, Diseño u otros. Los expedientes académicos
con valoración media inferior a notable o equivalente serán desestimados (por
debajo de 2 puntos en una escala de 0 a 4 y por debajo de 7 puntos en una escala
de 0 a 10).
5.- No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria de una beca
del MNP (excluidas las becas otorgadas para la asistencia a cursos o seminarios
Cátedra del Prado).
6.- No podrán ser beneficiarios de la beca las personas en quien concurra
cualquiera de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS.
cve: BOE-B-2024-25128
Verificable en https://www.boe.es
4.- Estar al corriente del cumplimiento en sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social y no ser deudor por obligaciones de reintegro.