III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-13665)
Resolución de 26 de junio de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Sociedad de Promoción Exterior Principado de Asturias, SA, para la utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 161

Jueves 4 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 83352

Además de por la LRJSP, el convenio se regirá también por la normativa autonómica
de la Comunidad o Región a la que pertenece la CCAA que, en su caso, pueda existir y
resulte de aplicación.
Undécima.

Protección de datos de carácter personal.

Las Partes informan a los representantes que firman el presente convenio de que sus
datos de carácter personal serán incluidos en sendos ficheros responsabilidad de cada
una de las entidades firmantes, cuya finalidad es el mantenimiento de las relaciones
jurídicas de las mismas, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos
identificativos, la capacidad de representación que ostentan, número de DNI o documento
equivalente y su firma.
Asimismo, las Partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las Partes para el
mantenimiento y cumplimiento de la presente relación jurídica. La base jurídica que
legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la
celebración y ejecución del presente convenio.
Los datos serán conservados durante la vigencia del presente convenio y,
posteriormente, durante el plazo legalmente establecido con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación jurídica.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante la Parte que corresponda a través de
comunicación por escrito vía email a las direcciones de los delegados de protección de
datos abajo indicadas, acreditando suficientemente su identidad e identificando el
derecho que se solicita. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos (www.aepd.es) o ante el delegado de protección de
datos de la Parte que corresponda, dirigiéndose a:
– ASTUREX: asturex@asturex.org
– ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es
Duodécima.

Notificaciones.

A efectos de notificaciones, se considerarán como interlocutores de las Partes las
siguientes personas:
– Por parte de la CCAA: la persona titular de relaciones institucionales. Email:
asturex@asturex.org
– Por parte de ICEX: la persona titular de la dirección de Cooperación Institucional y
Coordinación. Email: cooperacion.institucional@icex.es
Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de comunicación,
las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres y hombres en
aquellas actividades que conlleven la organización de paneles, conferencias, seminarios,
debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones que se programen en el
marco del presente convenio, evitándose, en todo caso, la presencia exclusiva de mujeres o
de hombres. Toda la documentación, publicidad, e imagen que se genere con motivo de la
ejecución del convenio, deberá realizar un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier
imagen discriminatoria de las personas o estereotipos sexistas y fomentar una imagen con
valores de igualdad, presencia equilibrada, diversidad, corresponsabilidad y pluralidad de
roles e identidades de género.

cve: BOE-A-2024-13665
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.