III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Servicios portuarios. (BOE-A-2024-13647)
Resolución de 20 de mayo de 2024, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica la aprobación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques en el puerto de Marín y Ría de Pontevedra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 4 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83267
ANEXO II
Prevención de riesgos laborales
________ se compromete con la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra (en
adelante Autoridad Portuaria) a satisfacer las siguientes exigencias referidas tanto a las
actividades y servicios a desarrollar, como a los trabajadores, equipos y maquinaria,
sustancias y preparados que ___________ destine a la realización de los mismos:
a. Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos
Laborales y cuantas normas legales y reglamentarias en esta materia le sean de aplicación.
b. Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del
Capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97), en lo relativo a
la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias
para el desarrollo de su actividad.
c. Adoptar los procedimientos y medidas establecidos y a cumplir los pactos y normas
que, en relación con la seguridad y salud de los trabajadores, se implanten dentro de la zona
portuaria.
d. Haber informado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre los riesgos inherentes
a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deben adoptar.
e. Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de
su trabajo en condiciones de seguridad y salud.
f. Poner a disposición de los trabajadores equipos de trabajo que cumplan la
legislación que les son de aplicación.
g. Poner a disposición de los trabajadores sustancias y preparados envasados y
etiquetados conforme a la legislación aplicable.
h. Poner a disposición de los trabajadores equipos de protección individual
adecuados y con arreglo a la reglamentación vigente.
i. Satisfacer la obligación legal en cuanto a la acreditación de la aptitud médica de
los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
j. Establecer los adecuados medios de coordinación con la Autoridad Portuaria y/o
con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro
de trabajo durante la prestación del servicio, de acuerdo con el R.D. 171/2004. En el
caso que sea necesaria la designación, por parte del prestador, de una persona
encargada de la coordinación de las actividades empresariales esta deberá disponer de
una formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones de nivel básico.
k. Disponer de la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
necesarios cuando se dé alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 4 del
artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (introducido por
Ley 54/2003), sin menoscabo de lo señalado en el punto j. anterior.
l. Compromiso por parte del prestador de que en caso de que se decida
subcontratar alguna parte de la actividad comprendida en el servicio, requerirá de la
subcontrata la misma documentación que la reflejada en los puntos anteriores y que será
entregada a la Autoridad Portuaria.
m. Establecer los adecuados medios de comunicación y de coordinación con la
Autoridad Portuaria para garantizar una respuesta eficaz ante las situaciones de emergencia.
__________, ___ de ____________ de 20___
Firmado
cve: BOE-A-2024-13647
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 161
Jueves 4 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 83267
ANEXO II
Prevención de riesgos laborales
________ se compromete con la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra (en
adelante Autoridad Portuaria) a satisfacer las siguientes exigencias referidas tanto a las
actividades y servicios a desarrollar, como a los trabajadores, equipos y maquinaria,
sustancias y preparados que ___________ destine a la realización de los mismos:
a. Cumplir con las disposiciones generales de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos
Laborales y cuantas normas legales y reglamentarias en esta materia le sean de aplicación.
b. Haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el artículo 10 del
Capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97), en lo relativo a
la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias
para el desarrollo de su actividad.
c. Adoptar los procedimientos y medidas establecidos y a cumplir los pactos y normas
que, en relación con la seguridad y salud de los trabajadores, se implanten dentro de la zona
portuaria.
d. Haber informado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre los riesgos inherentes
a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deben adoptar.
e. Haber formado adecuadamente a todos sus trabajadores sobre el desempeño de
su trabajo en condiciones de seguridad y salud.
f. Poner a disposición de los trabajadores equipos de trabajo que cumplan la
legislación que les son de aplicación.
g. Poner a disposición de los trabajadores sustancias y preparados envasados y
etiquetados conforme a la legislación aplicable.
h. Poner a disposición de los trabajadores equipos de protección individual
adecuados y con arreglo a la reglamentación vigente.
i. Satisfacer la obligación legal en cuanto a la acreditación de la aptitud médica de
los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
j. Establecer los adecuados medios de coordinación con la Autoridad Portuaria y/o
con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro
de trabajo durante la prestación del servicio, de acuerdo con el R.D. 171/2004. En el
caso que sea necesaria la designación, por parte del prestador, de una persona
encargada de la coordinación de las actividades empresariales esta deberá disponer de
una formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones de nivel básico.
k. Disponer de la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos
necesarios cuando se dé alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 4 del
artículo 32 bis de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (introducido por
Ley 54/2003), sin menoscabo de lo señalado en el punto j. anterior.
l. Compromiso por parte del prestador de que en caso de que se decida
subcontratar alguna parte de la actividad comprendida en el servicio, requerirá de la
subcontrata la misma documentación que la reflejada en los puntos anteriores y que será
entregada a la Autoridad Portuaria.
m. Establecer los adecuados medios de comunicación y de coordinación con la
Autoridad Portuaria para garantizar una respuesta eficaz ante las situaciones de emergencia.
__________, ___ de ____________ de 20___
Firmado
cve: BOE-A-2024-13647
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 161