II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-13512)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Universidad de Valladolid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Auxiliar de Archivos, Bibliotecas y Museos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. II.B. Pág. 82385

promesa de éste de que no está separada de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que la persona aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
– Las personas referidas en el apartado c), declaración de poseer el derecho de libre
circulación de trabajadores en virtud de aplicación del correspondiente Tratado
Internacional celebrados por la Unión Europea y ratificado por España (indicándose la
fecha de su publicación en el diario oficial de la Unión Europea -DOUE-).
Una vez finalizado el proceso selectivo, el contenido de esta declaración deberá ser
acreditado mediante los correspondientes documentos oficiales, bajo copia auténtica,
conforme con lo establecido en la base 10.1.
b) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación, no autoricen a la
Universidad de Valladolid a consultar datos con otras administraciones, a fin de verificar
sus datos de identidad y, en su caso, la condición de discapacidad, víctima del terrorismo
y familia numerosa, tendrán que presentar en los lugares establecidos en la base 10.1,
solicitud dirigida al Sr. Rector, a la que acompañarán copia auténtica del DNI o
equivalente documento acreditativo de identidad y copia auténtica de la correspondiente
documentación acreditativa del reconocimiento de estas condiciones anteriormente
señaladas, indicando, asimismo, en la citada solicitud, la referencia de la convocatoria y
escala de las plazas convocadas a las que participa. La presentación de estas
solicitudes tendrá lugar dentro del plazo de presentación de instancias al proceso
selectivo, según se indica en la base 3.1 de la convocatoria.
c) Las personas aspirantes que, en la instancia de participación (Recuadro C),
hayan alegado la condición de discapacitado/a por causa de ser pensionista de la
Seguridad Social con reconocimiento de una pensión de incapacidad permanente en el
grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionista de clases pasivas con
reconocimiento de una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente
para el servicio o inutilidad, indicar, según el caso, «DIS SS» o «DIS CP»,
respectivamente, deberán presentar la resolución que acredite tal situación.
3.12 Para el caso de presentación de subsanaciones o mejora de la solicitud,
dentro del plazo establecido en la base 3.1, deberá formalizarse mediante modelo de
«Solicitud General» accesible desde la sede electrónica de la UVa (https://sede.uva.es,
sección «Registro electrónico»).
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres
meses, el Sr. Rector de la Universidad dictará resolución en virtud de la cual se
declararán aprobadas las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y
excluidas al proceso selectivo. En esta resolución, que será publicada en el BOCYL,
figurarán las personas aspirantes excluidas con indicación expresa de la causa de
exclusión. Las listas certificadas completas de las personas aspirantes admitidas y
excluidas serán publicadas en el Tablón Electrónico de Anuncios de la Sede Electrónica
de la Universidad de Valladolid. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el
supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas
aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la
relación de excluidos/as sino, además, que sus nombres figuran en la pertinente relación
de admitidos/as.
4.2 Las personas aspirantes excluidas dispondrán de un plazo de quince días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la mencionada resolución
en el BOCYL, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su
omisión de las relaciones de admitidos/as y excluidos/as. Las personas aspirantes que,
dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su
derecho a ser incluidas en la relación de admitidos/as, serán definitivamente excluidas
del proceso selectivo.

cve: BOE-A-2024-13512
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Núm. 160