III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-13557)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XIX Convenio colectivo de Europcar IB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82881

Disposición adicional primera. Plan de Igualdad, Conciliación y Diversidad.
Disposición adicional segunda. Lenguaje no sexista.
Disposición transitoria.
Disposición final derogatoria.
Anexos.
Anexo 1. Tabla salarial anual 2024.
Anexo 2. Finiquito.
Anexo 3. Recibo de préstamo.
Anexo 4. Tarifa especial empleado.
Anexo 5. Recibo de anticipo.
Anexo 6.a). Sistema de clasificación profesional de Europcar.
Anexo 6.b). Clasificación profesional.
Anexo 6.c). Clasificación de oficinas.
Anexo 7.a). Solicitud de reducción de jornada: Más de 30 horas semanales.
Anexo 7.b). Solicitud de reducción de jornada: Hasta 30 horas (inclusive)
semanales.
XIX CONVENIO COLECTIVO DE EUROPCAR IB SA PARA EL AÑO 2024
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Partes del convenio.
Son parte en el presente convenio, integrando la Comisión Negociadora, tanto los
trabajadores de la Entidad Europcar IB, SA, representados por su Comité Intercentros,
como la Empresa Europcar IB, SA.
Artículo 2. Ámbito funcional.
El ámbito funcional del presente convenio comprende todas las actividades
desarrolladas por la empresa, que consisten principalmente en servicios de alquiler de
vehículos sin conductor.
Artículo 3.

Ámbito territorial.

El presente convenio afectará a todos los centros de trabajo actuales y futuros de
Europcar IB, SA, y todas sus marcas que se hallen en todo el territorio nacional, es decir,
cualquier lugar donde la empresa desarrolle su actividad por sí misma.
Artículo 4. Ámbito personal.

Grupo Profesional de Operaciones:
Rental Junior.
Rental.
Distribuidor Flota.
Local Capacity.
Gestor de Back Office.
Team Leader Nivel 1.
Team Leader Nivel 2.

cve: BOE-A-2024-13557
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio colectivo afectará a todo el personal de la empresa encuadrado
en los grupos profesionales y niveles de responsabilidad que a continuación se
relacionan: