III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2024-13519)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento financiero de bienes muebles, letras de identificación "L-CALF-02", y sus anexos, para ser utilizado por Crédit Agricole Leasing & Factoring, Sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82480

Contrato de Arrendamiento financiero de bienes muebles
L-CALF 02
Nº de contrato:
Modelo L-CALF 02 aprobado por la Resolución de aprobación de la DGSJFP, de fecha [ ]

12.2. Comunicación a terceros
Para alcanzar los fines enumerados anteriormente, el Responsable del tratamiento deberá comunicar estos datos a
cualquier entidad del Grupo Crédit Agricole, en caso de puesta en común de medios o de agrupación de sociedades, así
como a subcontratistas que participen, en particular, en la oferta de productos financieros dentro de los límites
necesarios para la ejecución de los fines descritos en el punto 12.1.
Como excepción, estos datos personales podrán ser comunicados y archivados para cumplir con las obligaciones legales
y/o reglamentarias y/o para responder a las solicitudes de las autoridades administrativas o judiciales legalmente
habilitadas por un período máximo de cinco (años) a partir del final de la relación comercial. A este respecto, el firmante
autoriza expresamente al Responsable del tratamiento a compartir los datos personales que le conciernen y sus
actualizaciones.
Cuando la financiación cuente con la garantía de un tercero, estos datos también se comunicarán a dicho tercero con
fines de gestión, ejecución y seguimiento de la garantía. A tal fin, el firmante autoriza expresamente al Arrendador a
compartir los datos de carácter personal que le conciernen y sus actualizaciones. Se informa al Arrendatario que en caso
de que incurra en el incumplimiento de las obligaciones dinerarias resultantes de este contrato, estas incidencias serán
comunicadas por el Arrendador al Banco de España (CIRBE), así como a los sistemas de información crediticia con quien
la misma tenga concertados acuerdos de suministro de información, que en concreto son los gestionados por la
Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) y EXPERIAN BUREAU DE CREDITO S.A.U.
(BADEXCUG). Los datos facilitados se limitarán a las deudas ciertas, vencidas y exigibles, cuya existencia o cuantía no sea
objeto de reclamación administrativa o judicial por el deudor o mediante un procedimiento alternativo de resolución de
disputas vinculante entre las partes.
12.3. Transferencia de datos fuera de la Unión Europea:
Teniendo en cuenta la dimensión internacional del Grupo Crédit Agricole y las medidas adoptadas para garantizar la
utilización de herramientas informáticas, así como la seguridad de las redes informáticas y de las transacciones, o incluso
en el marco de la puesta en común de los medios, de operaciones de mantenimiento informático o de gestión de las
operaciones, los tratamientos contemplados en el punto 1 anterior pueden implicar transferencias de datos de carácter
personal a países no miembros del Espacio Económico Europeo, cuyas legislaciones en materia de protección de datos
de carácter personal difieran de las de la Unión Europea.

P

En ___________________a ______de ____________de
Arrendador
Fdo.

Arrendatario/s
Fdo.

Fiador/es
Fdo.

á g i n a 21 | 26

cve: BOE-A-2024-13519
Verificable en https://www.boe.es

En tal caso, un marco preciso y exigente, conforme a los modelos adoptados por la Comisión Europea, así como medidas
de seguridad adecuadas, garantizarán la protección de los datos personales transferidos. Estos tratamientos pueden ser
realizados por subcontratistas localizados en el Reino Unido (encuestas de satisfacción), Marruecos (centro de servicios
de desarrollo o mantenimiento informático) o Isla Mauricio (recuperación) y (GDPR) para el Reino Unido y las cláusulas
contractuales tipo de la Comisión Europea (CCT-CE) para los demás países, pudiendo obtenerse según las mismas
modalidades previstas para el ejercicio de sus derechos como se indica a continuación.