III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Bienes muebles. Financiación. (BOE-A-2024-13518)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se aprueba el modelo de contrato de arrendamiento de bienes muebles, letras de identificación "R-CALF-02", y sus anexos, para ser utilizado por Crédit Agricole Leasing & Factoring, Sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 82440

Contrato de Arrendamiento de bienes muebles
R-CALF 02
Nº de contrato:
Modelo R-CALF 02 aprobado por la Resolución de aprobación de la DGSJFP, de fecha [ ]

Fecha de fin del arrendamiento:
Día de vencimiento de cada renta:
IMPORTE TOTAL RENTA (renta de arrendamiento + seguro si lo incluye):…………………+ I.V.A.
Cualquier comisión señalada a continuación, podrá ser girada a la cuenta de Arrendatario detallada en este mismo
contrato, o bien ser ingresada por el Arrendatario en la cuenta de Arrendador.
Comisión de estudio: ___% + I.V.A
Comisión de subrogación o modificación (sobre el importe pendiente del arrendamiento): hasta un 1,5%
Gastos por devolución: ………..€ + I.V.A por renta.
Tipo de interés de demora anual: Se aplicará al tipo de interés legal del dinero un diferencial de 8 puntos, según el cálculo
establecido en la cláusula 7 de las Condiciones Generales.
Domicilio de pago:
Entidad………………………………..con domicilio en………………………
IBAN: …………………………………………………………………………
Todo ello conforme mandato SEPA u otro distinto que requiera Arrendador, y que el Arrendatario autoriza y aporta en el
momento de la firma del presente contrato.
Las eventuales variaciones del tipo del impuesto serán repercutidas por el Arrendador al Arrendatario desde la fecha de
efecto de la modificación, y se le girará el cargo correspondiente, a la cuenta de domiciliación indicada en el contrato.
Causas de vencimiento anticipado: Según lo dispuesto en la Cláusula 6ª, Cláusula 10ª, Cláusula 2.7ª, 3.7ª, 3.19ª y Cláusula
14ª de las Condiciones Generales.
Indemnización por día de retraso en la restitución efectiva del bien: el duplo del importe mensual del arrendamiento
por cada mes o fracción que transcurra hasta la completa entrega del bien objeto de arrendamiento.
Indemnización por resolución del contrato por causa imputable al Arrendatario: según lo dispuesto en la Cláusula 2.8ª,
6ª, 10ª y 14ª de las Condiciones Generales.
Gastos a cargo del Arrendatario: Según lo dispuesto en la cláusula 8ª de las Condiciones Generales.

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En ___________________a ______de ____________de

Arrendador
Fdo.

Arrendatario/s
Fdo.

Fiador/es
Fdo.

cve: BOE-A-2024-13518
Verificable en https://www.boe.es

Suscripción de la póliza del seguro por parte del Arrendatario: si el seguro no está incluido en el arrendamiento, el
seguro contratado por el Arrendatario deberá cumplir los requisitos mínimos establecidos en el Anexo II, y cumplir con
los requisitos y obligaciones indicadas en la cláusula 3ª de las Condiciones Generales del Contrato.