I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Riesgos laborales. (BOE-A-2024-13419)
Real Decreto 612/2024, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160

Miércoles 3 de julio de 2024
Dieciocho.

Sec. I. Pág. 82104

Se introduce un nuevo anexo III bis:
«ANEXO III bis

Valores límite biológicos vinculantes y medidas de vigilancia de la salud
1.

Plomo y sus compuestos inorgánicos.

1.1 El control biológico incluirá la medición del nivel de plomo en sangre
(PbB) utilizando la espectrometría de absorción o un método de resultados
equivalentes. El valor límite biológico vinculante es: 70 μg Pb/100 ml de sangre.
1.2 Deberá procederse a la vigilancia médica cuando: se esté expuesto a
una concentración de plomo en el aire superior a 0,075 mg/m3, calculada de forma
ponderada con respecto al tiempo para un período de referencia de cuarenta
horas semanales, o si se detectan en las personas trabajadoras niveles
individuales de plomo en sangre superiores a 40 μg Pb/100 ml de sangre.»
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución
Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin
perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidades Autónomas.
Disposición final segunda. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
Mediante este real decreto se incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2022/431
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2022, por la que se modifica la
Directiva 2004/37/CE, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos
relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 2 de julio de 2024.
FELIPE R.
El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes,

cve: BOE-A-2024-13419
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FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X