III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-13410)
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la realización del encuentro "La evaluación cualitativa del desempeño docente en el sistema universitario español mediante el programa Docentia: dificultades, casos de éxito, aprendizajes y líneas de mejora".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024
ii.

Sec. III. Pág. 82042

Aportación de la UIMP a ANECA.

Con el fin de prever el crédito necesario para poder realizar una aportación a ANECA
para cubrir los gastos que la propia ANECA gestiona en el caso de que la UIMP consiga
financiación adicional de terceras entidades para este encuentro, de acuerdo con lo
indicado en el apartado II.iii de esta cláusula, y estimando que se pueda conseguir
financiación por el importe total de gastos del encuentro, de forma que permita cubrir los
gastos que gestiona ANECA una vez cubiertos los gastos que gestiona la UIMP, la UIMP
aprueba un gasto por importe máximo de 8.000,00 euros con cargo al concepto
presupuestario 28.101.322C.226.06 de su presupuesto de gastos vigente, en el cual
existe crédito adecuado y suficiente. Dicha aportación será abonada a ANECA, en su
caso, una vez celebrado el encuentro y certificada por los responsables de seguimiento
del convenio la conformidad con la liquidación final del presupuesto que presente la
UIMP y con la liquidación final que deberá presentar ANECA, antes del 31 de octubre
de 2024, detallando los gastos de viaje que ha gestionado en relación con el encuentro,
siendo el importe de dichos gastos el máximo que se aportará por la UIMP, hasta un
máximo de 8.000,00 euros.
Cuarta.

Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.

I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de ANECA con la UIMP, respetando en todo caso las
directrices de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el
tiempo y el ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de
la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro
deberá previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
encuentro, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

Las partes no consideran necesario crear una comisión específica que se encargue
del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los equipos técnicos y responsables
de ambas entidades estarán en estrecho contacto, comunicándose o reuniéndose
siempre que lo consideren conveniente para la buena marcha del convenio.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de encuentros avanzados), y serán el personal
técnico del mismo, y como responsable último su titular, los encargados de velar por la

cve: BOE-A-2024-13410
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.