III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-13410)
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, para la realización del encuentro "La evaluación cualitativa del desempeño docente en el sistema universitario español mediante el programa Docentia: dificultades, casos de éxito, aprendizajes y líneas de mejora".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82040
establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de
conformidad con lo previsto y que se haya emitido por parte de la UIMP, antes del 31 de
octubre de 2024, el correspondiente requerimiento de pago acompañado de la
liquidación final del presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente
ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el
presupuesto que se incluye como anexo II, así como los ingresos que haya recibido la
UIMP de otras entidades colaboradoras. El importe final no podrá superar en ningún
caso el máximo indicado en el párrafo anterior. Las personas responsables del
seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento
de los requisitos indicados para el pago. Este pago se deberá realizar en el plazo
máximo de treinta días desde la emisión de la certificación indicada y en todo caso antes
del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, ANECA
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
ii. Aportación en servicios. Con independencia de la aportación a la UIMP recogida
en el punto i) de este apartado, ANECA asumirá directamente con sus propios medios a
cargo de su presupuesto ordinario la financiación de las actuaciones que gestiona de
acuerdo con lo indicado en el apartado II de esta cláusula. Esta gestión no superará
los 8.000,00 euros. Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP. Si la UIMP
consiguiera financiación de terceras entidades, una vez aplicada, en primer lugar, a los
gastos gestionados por la UIMP, se aplicará a los gastos gestionados por ANECA, para
lo cual la UIMP transferirá a ANECA la cantidad correspondiente, según se indica en el
apartado III.ii de la cláusula tercera, previa presentación por parte de ANECA, antes
del 31 de octubre de 2024, de la liquidación final detallando los gastos de viaje que ha
gestionado en relación con el encuentro.
iii. La UIMP mantendrá indemne a ANECA de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
Tercera. Compromisos asumidos por la UIMP.
Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta de ANECA, así como la aprobación del
programa definitivo y de las normas conforme a las que debe desarrollarse el encuentro,
en especial toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto
relativo al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla el más escrupuloso
respeto a la independencia de la propia institución y de las personas que participan en el
programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
II. Gestión del encuentro.
i. Salvo las gestiones que realizará ANECA, según se recoge en el apartado II de la
cláusula segunda, corresponde a la UIMP el resto de la gestión económica y
administrativa que conlleve la organización y celebración del encuentro dentro del
cve: BOE-A-2024-13410
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 82040
establecen como requisitos para el pago que se haya celebrado el encuentro de
conformidad con lo previsto y que se haya emitido por parte de la UIMP, antes del 31 de
octubre de 2024, el correspondiente requerimiento de pago acompañado de la
liquidación final del presupuesto, en la que se revisarán las unidades realmente
ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios aprobados en el
presupuesto que se incluye como anexo II, así como los ingresos que haya recibido la
UIMP de otras entidades colaboradoras. El importe final no podrá superar en ningún
caso el máximo indicado en el párrafo anterior. Las personas responsables del
seguimiento, vigilancia y control del convenio certificarán conjuntamente el cumplimiento
de los requisitos indicados para el pago. Este pago se deberá realizar en el plazo
máximo de treinta días desde la emisión de la certificación indicada y en todo caso antes
del 31 de diciembre de 2024.
En el caso de que se acordara la no celebración del encuentro por causa de fuerza
mayor, por la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la
UIMP, o por cualquier otra causa valorada de mutuo acuerdo por ambas partes, ANECA
únicamente deberá hacer una aportación económica a la UIMP por el importe de
aquellos gastos que ya se hubieran realizado antes de la cancelación del encuentro y no
pudieran recuperarse, según liquidación que presentará la UIMP.
ii. Aportación en servicios. Con independencia de la aportación a la UIMP recogida
en el punto i) de este apartado, ANECA asumirá directamente con sus propios medios a
cargo de su presupuesto ordinario la financiación de las actuaciones que gestiona de
acuerdo con lo indicado en el apartado II de esta cláusula. Esta gestión no superará
los 8.000,00 euros. Esto no implica un traspaso de fondos a la UIMP. Si la UIMP
consiguiera financiación de terceras entidades, una vez aplicada, en primer lugar, a los
gastos gestionados por la UIMP, se aplicará a los gastos gestionados por ANECA, para
lo cual la UIMP transferirá a ANECA la cantidad correspondiente, según se indica en el
apartado III.ii de la cláusula tercera, previa presentación por parte de ANECA, antes
del 31 de octubre de 2024, de la liquidación final detallando los gastos de viaje que ha
gestionado en relación con el encuentro.
iii. La UIMP mantendrá indemne a ANECA de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
Tercera. Compromisos asumidos por la UIMP.
Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta de ANECA, así como la aprobación del
programa definitivo y de las normas conforme a las que debe desarrollarse el encuentro,
en especial toda la normativa relativa a criterios de admisión o cualquier otro asunto
relativo al alumnado, vigilando en todo momento que se cumpla el más escrupuloso
respeto a la independencia de la propia institución y de las personas que participan en el
programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
II. Gestión del encuentro.
i. Salvo las gestiones que realizará ANECA, según se recoge en el apartado II de la
cláusula segunda, corresponde a la UIMP el resto de la gestión económica y
administrativa que conlleve la organización y celebración del encuentro dentro del
cve: BOE-A-2024-13410
Verificable en https://www.boe.es
I.