III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-13398)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre la Universidad Carlos III de Madrid, para la adscripción a dicha Universidad del Centro Universitario de la Guardia Civil.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 81975
Segundo.
Que el convenio al que se alude en el expositivo que precede tiene un plazo de
vigencia de cuatro (4) años a contar desde el día de su publicación el en BOE (26 de
junio de 2020), estando próxima su resolución por expiración de su vigencia.
Tercero.
Que la cláusula 19 del convenio firmado por las partes con fecha 24 de junio
de 2020, preveía la posibilidad de prorrogar los efectos del convenio, por lo que las
partes, a la vista de que el convenio ha sido ejecutado a plena satisfacción de las
mismas, están interesadas en continuar con la colaboración emprendida.
Por todo lo cual y teniendo en cuenta cuanto antecede las partes acuerdan la firma
de la presente adenda de acuerdo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la adenda es prorrogar por un año el Convenio entre el Ministerio del
Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Universidad Carlos III de Madrid,
suscrito el 24 de junio de 2020, (BOE núm. 177, de 26 de junio de 2020).
Segunda.
Eficacia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se formaliza con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Asimismo, será publicada en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera.
Condiciones de colaboración.
El resto de las cláusulas del convenio original no sufren modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Cuarta. Publicidad.
De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que
son titulares los firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de prórroga
y modificación del convenio anteriormente indicado.–En Getafe a fecha de firma
electrónica, por la Universidad Carlos III de Madrid, el Rector, Ángel Arias
Hernández.–En Madrid, a fecha de firma electrónica, por el Ministerio del Interior, el
Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-13398
Verificable en https://www.boe.es
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que la presente adenda
tenga la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Núm. 159
Martes 2 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 81975
Segundo.
Que el convenio al que se alude en el expositivo que precede tiene un plazo de
vigencia de cuatro (4) años a contar desde el día de su publicación el en BOE (26 de
junio de 2020), estando próxima su resolución por expiración de su vigencia.
Tercero.
Que la cláusula 19 del convenio firmado por las partes con fecha 24 de junio
de 2020, preveía la posibilidad de prorrogar los efectos del convenio, por lo que las
partes, a la vista de que el convenio ha sido ejecutado a plena satisfacción de las
mismas, están interesadas en continuar con la colaboración emprendida.
Por todo lo cual y teniendo en cuenta cuanto antecede las partes acuerdan la firma
de la presente adenda de acuerdo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la adenda es prorrogar por un año el Convenio entre el Ministerio del
Interior (Dirección General de la Guardia Civil) y la Universidad Carlos III de Madrid,
suscrito el 24 de junio de 2020, (BOE núm. 177, de 26 de junio de 2020).
Segunda.
Eficacia.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se formaliza con la
firma de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles
desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO). Asimismo, será publicada en el plazo
de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercera.
Condiciones de colaboración.
El resto de las cláusulas del convenio original no sufren modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Cuarta. Publicidad.
De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que
son titulares los firmantes, suscriben electrónicamente la presente adenda de prórroga
y modificación del convenio anteriormente indicado.–En Getafe a fecha de firma
electrónica, por la Universidad Carlos III de Madrid, el Rector, Ángel Arias
Hernández.–En Madrid, a fecha de firma electrónica, por el Ministerio del Interior, el
Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez Ruiz.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2024-13398
Verificable en https://www.boe.es
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que la presente adenda
tenga la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.