III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-13395)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Cuéllar, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 81961

Cuéllar y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Adrados, Aguilafuente, Chañe, Cozuelos de Fuentidueña, Fresneda de
Cuéllar, Frumales, Fuente el Olmo de Fuentidueña, Fuente el Olmo de Íscar,
Fuentepelayo, Fuentepiñel, Fuentesaúco de Fuentidueña, Gomezserracín, Hontalbilla,
Lastras de Cuéllar, Mata de Cuéllar, Membibre de la Hoz, Navalmanzano, Olombrada,
Perosillo, Pinarejos, Pinarnegrillo, Remondo, Samboal, San Cristóbal de Cuéllar, San
Martín y Mudrián, Sanchonuño, Torrecilla del Pinar, Vallelado, Valverde de Íscar y
Zarzuela del Pinar que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General,
en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21
de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Cuéllar, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Cuéllar
y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Adrados, Aguilafuente, Chañe,
Cozuelos de Fuentidueña, Fresneda de Cuéllar, Frumales, Fuente el Olmo de
Fuentidueña, Fuente el Olmo de Íscar, Fuentepelayo, Fuentepiñel, Fuentesaúco de
Fuentidueña, Gomezserracín, Hontalbilla, Lastras de Cuéllar, Mata de Cuéllar, Membibre
de la Hoz, Navalmanzano, Olombrada, Perosillo, Pinarejos, Pinarnegrillo, Remondo,
Samboal, San Cristóbal de Cuéllar, San Martín y Mudrián, Sanchonuño, Torrecilla del
Pinar, Vallelado, Valverde de Íscar y Zarzuela del Pinar, de la aplicación informática
denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del
Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a
las 00:00 horas del 15 de julio de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, el Encargado y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Cuéllar pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Cuéllar y los Registros Civiles Municipales Delegados de Adrados, Aguilafuente, Chañe,
Cozuelos de Fuentidueña, Fresneda de Cuéllar, Frumales, Fuente el Olmo de
Fuentidueña, Fuente el Olmo de Íscar, Fuentepelayo, Fuentepiñel, Fuentesaúco de
Fuentidueña, Gomezserracín, Hontalbilla, Lastras de Cuéllar, Mata de Cuéllar, Membibre
de la Hoz, Navalmanzano, Olombrada, Perosillo, Pinarejos, Pinarnegrillo, Remondo,
Samboal, San Cristóbal de Cuéllar, San Martín y Mudrián, Sanchonuño, Torrecilla del
Pinar, Vallelado, Valverde de Íscar y Zarzuela del Pinar pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Adrados, Aguilafuente, Chañe, Cozuelos de
Fuentidueña, Fresneda de Cuéllar, Frumales, Fuente el Olmo de Fuentidueña, Fuente el
Olmo de Íscar, Fuentepelayo, Fuentepiñel, Fuentesaúco de Fuentidueña,
Gomezserracín, Hontalbilla, Lastras de Cuéllar, Mata de Cuéllar, Membibre de la Hoz,
Navalmanzano, Olombrada, Perosillo, Pinarejos, Pinarnegrillo, Remondo, Samboal, San
Cristóbal de Cuéllar, San Martín y Mudrián, Sanchonuño, Torrecilla del Pinar, Vallelado,
Valverde de Íscar y Zarzuela del Pinar, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto
en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la

cve: BOE-A-2024-13395
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Segundo.