I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2024-13318)
Denuncia por parte de la República Kirguisa del Convenio entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid el 1 de marzo de 1985.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Martes 2 de julio de 2024

Sec. I. Pág. 80978

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
13318

Denuncia por parte de la República Kirguisa del Convenio entre el Gobierno
de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas
para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en
Madrid el 1 de marzo de 1985.

Por Nota Verbal número 016/2-3129 de 1 de septiembre de 2021 la Embajada de la
República Kirguisa en la República de Kazajstán informaba de la denuncia del Convenio
entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas
Soviéticas para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio, hecho en Madrid
el 1 de marzo de 1985 y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 22 de septiembre
de 1986, indicando que ya no era de aplicación en su territorio.
Kirguistán había aceptado el principio de continuidad en materia de tratados
considerándolo vigente en su territorio una vez disuelta la Unión de Repúblicas
Socialistas Soviéticas.
Por lo tanto y de conformidad con el artículo 23 del convenio, que señala que
cualquiera de las partes podrá denunciarlo con un preaviso mínimo de seis meses de
antelación, el citado convenio dejó de tener efectos jurídicos el 1 de enero del año 2023.

cve: BOE-A-2024-13318
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 25 de junio de 2024.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X