III. Otras disposiciones. JUNTA ELECTORAL CENTRAL. Elecciones al Parlamento Europeo. (BOE-A-2024-13412)
Acuerdo de 1 de julio de 2024, de la Junta Electoral Central, sobre el cumplimiento por los candidatos electos al Parlamento Europeo en las elecciones convocadas por Real Decreto 363/2024, de 9 de abril, y celebradas el 9 de junio, de lo previsto en el artículo 224.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de julio de 2024
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Jaume Asens Llodrà (Sumar).
Sandra Gómez López (Partido Socialista Obrero Español).
Diego Adrián Solier Fernández (Agrupación de electores «SE ACABÓ LA FIESTA»).
Susana Solís Pérez (Partido Popular).
José Ignacio Sánchez Amor (Partido Socialista Obrero Español).
Pablo Arias Echeverría (Partido Popular).
Antonio Javier López-Istúriz White (Partido Popular).
Laura Ballarín Cereza (Partido Socialista Obrero Español).
Margarita de la Pisa Carrión (VOX).
Isabel Benjumea Benjumea (Partido Popular).
Marcos Ros Sempere (Partido Socialista Obrero Español).
Francisco de Borja Giménez Larraz (Partido Popular).
Rosa María Serrano Sierra (Partido Socialista Obrero Español).
María Elena Nevado del Campo (Partido Popular).
Elena Sancho Murillo (Partido Socialista Obrero Español).
Isabel Serra Sánchez (Podemos).
Ana Miranda Paz (Ahora Repúblicas (ERC-EH BILDU-BNG-ARA MÉS)).
Nicolás Pascual de la Parte (Partido Popular).
Oihane Agirregoitia Martinez (Coalición por una Europa Solidaria).
Jorge Martín Frías (VOX).
José Carmelo Cepeda García de León (Partido Socialista Obrero Español).
Vicent Marzà Ibáñez (Sumar).
Maravillas Inmaculada Abadía Jover (Partido Popular).
Nora Junco García (Agrupación de electores «SE ACABÓ LA FIESTA»).

La señora doña Alicia Homs Ginel, candidata electa por el Partido Socialista Obrero
Español, dado su avanzado estado de gestación, no ha podido desplazarse a la sede de
la Junta Electoral Central, estando pendiente de prestar dicho juramento o promesa ante
la Junta Electoral Provincial de su residencia en los próximos días. Una vez realizado
dicho acto, le será expedida la credencial.
Respecto al señor Comín Oliveres, candidato electo de la coalición electoral Junts i
Lliures per Europa, al no haber comparecido ante la Junta Electoral Central, no se le ha
expedido la correspondiente credencial por no haber cumplido el requisito de juramento
o promesa de acatamiento a la Constitución exigido por el artículo 224.2 de la LOREG,
que establece que «En el plazo de cinco días desde su proclamación, los candidatos
electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral
Central. Transcurrido dicho plazo, la Junta Electoral Central declarará vacantes los
escaños correspondientes a los Diputados del Parlamento Europeo que no hubieran
acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran
corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho
acatamiento», sin perjuicio de su interpretación conforme a la Sentencia del Tribunal de
Justicia de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2019, en el asunto del señor
Junqueras i Vies.
En virtud de ello procede declarar temporalmente vacante el escaño del señor Comín i
Oliveres, hasta que se produzca el acto de acatamiento a la Constitución, así como la
suspensión de sus prerrogativas en los términos anteriormente indicados.
Cabe recordar que este criterio ha sido confirmado en la pasada legislatura por las
Sentencias de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo 722/2020
y 723/2020, de 10 de junio, dictadas con posterioridad a la referida Sentencia del
Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Por ello, la Junta Electoral Central considera
que, en tanto se mantenga en vigor el artículo 224.2 de la LOREG y ningún tribunal
nacional o de la Unión Europea ponga en cuestión su vigencia, la Administración
electoral española tiene el deber de seguir aplicándolo.
Palacio del Congreso de los Diputados, 1 de julio de 2024.–El Presidente de la Junta
Electoral Central, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca.
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