III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-13294)
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Murcia, para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 77203
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
13294
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad de Murcia, para el desarrollo
de prácticas académicas, investigación y formación.
Habiéndose suscrito el 3 de junio de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad Pública de Murcia, para el desarrollo de prácticas académicas,
investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 25 de junio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Pública de Murcia
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
En Madrid, a 3 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande Marlaska, Ministro del Interior, nombrado por
Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en los
artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de los
Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don José Luján Alcaraz, en nombre y representación de la
Universidad de Murcia, en su condición de Rector, que actúa facultado por su
nombramiento, verificado en virtud de acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Murcia de 10 de marzo de 2022, publicado en el BORM
de 17 de marzo de 2022 y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el
artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española, establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
cve: BOE-A-2024-13294
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Primero.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 77203
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
13294
Resolución de 25 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Universidad de Murcia, para el desarrollo
de prácticas académicas, investigación y formación.
Habiéndose suscrito el 3 de junio de 2024 el Convenio entre el Ministerio del Interior
y la Universidad Pública de Murcia, para el desarrollo de prácticas académicas,
investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 25 de junio de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Pública de Murcia
para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación
En Madrid, a 3 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande Marlaska, Ministro del Interior, nombrado por
Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en los
artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de los
Ríos, 2, 28071 de Madrid.
Y de otra parte, don José Luján Alcaraz, en nombre y representación de la
Universidad de Murcia, en su condición de Rector, que actúa facultado por su
nombramiento, verificado en virtud de acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Murcia de 10 de marzo de 2022, publicado en el BORM
de 17 de marzo de 2022 y haciendo uso de las atribuciones que tiene conferidas por el
artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución española, establece que el
Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública.
Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad, establece que la seguridad pública es competencia exclusiva del
Estado, correspondiendo su mantenimiento al Gobierno de la Nación y, en concreto, al
Ministerio del Interior.
Por otro lado, este departamento ministerial, según el artículo 1.1 del Real
Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio del Interior le corresponde la propuesta y ejecución de la política del
cve: BOE-A-2024-13294
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Primero.