III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-13307)
Resolución de 24 de junio de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Fundación Vivir sin Barreras, para mejorar la accesibilidad a los museos estatales a los visitantes con movilidad reducida.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024
5.

Sec. III. Pág. 77300

Museo Nacional de Escultura.

C/ Cadenas de San Gregorio.
47011 Valladolid.
Tfno.: 983250375.»
El resto del clausulado del convenio se mantiene en idénticos términos.
Tercera.

Eficacia de la adenda.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda al convenio resultará eficaz una
vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal (REOICO). Dicha adenda surtirá efectos con su inscripción en REOICO antes de
la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días
hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-13307
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, firman la presente adenda, a la fecha de la firma
electrónica del último de los firmantes.–Por el Ministerio de Cultura, el Director General
de Bellas Artes y Patrimonio Cultural, Isaac Sastre de Diego.–Por FUNVIBA, el
Presidente de la Fundación Vivir sin Barreras, Alfredo Camacho Daza.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X