III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2024-13302)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional de La Rioja, para la realización de prácticas externas en la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco y Subdelegaciones del Gobierno en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 77261
Quinto.
Que la Universidad tienen entre sus fines el acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de
relaciones con entidades que permitan completar el proceso formativo con una puesta en
práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas
externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo laboral.
Sexto.
Que el interés de la Administración General del Estado (Secretaría de Estado de
Política Territorial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática) en la
suscripción del presente convenio se basa en el convencimiento de que la acogida de los
estudiantes en la Delegación del Gobierno supondrá una experiencia enriquecedora para
los estudiantes en lo que se refiere a su preparación profesional y para los empleados
públicos que podrán compartir experiencias laborales con el mundo universitario.
Séptimo.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares, en la en la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País
Vasco y Subdelegaciones dependientes (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) por parte de los
estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en esta Universidad, que
permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo
laboral.
La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo al que se
refiere al clausula tercera del presente convenio.
Segunda.
Duración y horario de las prácticas.
Las prácticas académicas externas, curriculares, derivadas de este convenio tendrán
la duración establecida en el correspondiente plan de estudios de la Universidad
Internacional de la Rioja.
Las prácticas académicas externas, extracurriculares, derivadas de este convenio
tendrán una duración de como mínimo de 150 horas y un máximo de 750 horas.
Los periodos y horarios de realización de las prácticas se compaginarán con la
organización y funcionamiento de la Delegación del Gobierno en el País Vasco.
El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III
del presente convenio. Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad
comunicará a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco y/o
Subdelegaciones del Gobierno de su ámbito su previsión, en cuanto al número de
alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las que los alumnos desarrollarán las
prácticas en el respectivo curso académico, así como calendario y horarios de las
prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes que participarán en el
proyecto formativo no podrá ser superior a 10 personas por curso académico.
cve: BOE-A-2024-13302
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Proyecto formativo.
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 77261
Quinto.
Que la Universidad tienen entre sus fines el acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno, mediante el establecimiento de
relaciones con entidades que permitan completar el proceso formativo con una puesta en
práctica de los conocimientos teóricos adquiridos, mediante la realización de prácticas
externas, que faciliten la posterior incorporación al mundo laboral.
Sexto.
Que el interés de la Administración General del Estado (Secretaría de Estado de
Política Territorial del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática) en la
suscripción del presente convenio se basa en el convencimiento de que la acogida de los
estudiantes en la Delegación del Gobierno supondrá una experiencia enriquecedora para
los estudiantes en lo que se refiere a su preparación profesional y para los empleados
públicos que podrán compartir experiencias laborales con el mundo universitario.
Séptimo.
Teniendo en cuenta las anteriores manifestaciones, con la finalidad última de
institucionalizar la colaboración mutua entre las partes implicadas, éstas se reconocen
mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, de
acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
Este convenio tiene por objeto la realización de prácticas académicas externas,
curriculares, en la en la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País
Vasco y Subdelegaciones dependientes (Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) por parte de los
estudiantes que cursen estudios oficiales de Grado/Máster en esta Universidad, que
permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo
laboral.
La cooperación entre ambas partes se concretará en el proyecto formativo al que se
refiere al clausula tercera del presente convenio.
Segunda.
Duración y horario de las prácticas.
Las prácticas académicas externas, curriculares, derivadas de este convenio tendrán
la duración establecida en el correspondiente plan de estudios de la Universidad
Internacional de la Rioja.
Las prácticas académicas externas, extracurriculares, derivadas de este convenio
tendrán una duración de como mínimo de 150 horas y un máximo de 750 horas.
Los periodos y horarios de realización de las prácticas se compaginarán con la
organización y funcionamiento de la Delegación del Gobierno en el País Vasco.
El contenido del proyecto formativo se corresponde con lo detallado en el anexo III
del presente convenio. Con carácter previo al inicio de las prácticas, la Universidad
comunicará a la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma del País Vasco y/o
Subdelegaciones del Gobierno de su ámbito su previsión, en cuanto al número de
alumnos, las áreas de actividad del anexo III en las que los alumnos desarrollarán las
prácticas en el respectivo curso académico, así como calendario y horarios de las
prácticas. En todo caso, el número máximo de estudiantes que participarán en el
proyecto formativo no podrá ser superior a 10 personas por curso académico.
cve: BOE-A-2024-13302
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Proyecto formativo.