III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13275)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del Sistema Retributivo y de Designación o Contratación de los órganos de Gobierno y Dirección de las Entidades del Sector Público Empresarial Estatal no financiero, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 76869

- En TRAGSA, el 95 % de las representaciones de las asistencias a las reuniones de los
Consejos de Administración se confirieron a favor de la Presidencia.

- En la AP BILBAO, el 90 % de las diez asistencias por representación se otorgaron a favor del
Presidente; y en la reunión de 15 de febrero de 2018 hubo dos ausencias, correspondiendo
una de ellas al Capitán marítimo.
- En CDTI, las 17 representaciones de las asistencias a las reuniones del Consejo de
Administración se otorgaron a favor de la Presidencia. En la reunión del 27 de septiembre de
2018, cuatro de los diez Vocales delegaron su voto a favor de la Presidencia y un Vocal no
asistió; en consecuencia, la Presidenta concentró la mayoría de los votos.
- En CETARSA, el 100 % de las 26 asistencias por representación se otorgaron a favor de la
Presidencia de la Sociedad. En la reunión del Consejo de Administración celebrada el 27 de
noviembre de 2018, asistieron cinco Consejeros y el Presidente, que representaba a los otros
cinco Consejeros; en consecuencia, el Presidente ostentó la mayoría de los votos.
- En IDAE, todas las delegaciones de voto, en las asistencias por representación, recayeron en
la Presidencia.

Según establece el artículo 28.2 del RD 462/2002, las empresas con capital o control públicos
deben fijar las compensaciones económicas por la asistencia a sus Consejos de Administración
de acuerdo con los criterios generales establecidos en sus propios Estatutos o Reglamentos,
aunque dentro de las cuantías máximas que, con carácter general, establezca el Ministro de
Hacienda y Función Pública para cada grupo en que se clasifiquen las entidades.
Por Orden comunicada del MHAP, de 8 de enero de 2013, se fijaron las compensaciones
máximas anuales por asistencia a las sesiones de los Consejos de Administración de las
sociedades estatales, atendiendo a los grupos de clasificación incluidos en la Orden MHAP de 30
de marzo de 2012, acorde con lo previsto en el RD 451/2012.

En términos anuales, el importe de la compensación individual para las sociedades mercantiles
estatales fijada en la Orden de 8 de enero de 2013 del MHAP, ascendía a 11.994 euros para el
grupo 1, a 9.425 euros para el grupo 2, y a 6.854 euros para el grupo 3, no habiendo sido
actualizados estos importes desde entonces.

Las tres entidades públicas empresariales fiscalizadas, CDTI, ENAIRE e IDAE y, también, SEPI,
solicitaron autorización al Ministerio de Hacienda para fijar la cuantía de sus correspondientes
compensaciones por asistencia a las reuniones de sus Consejos de Administración; a CDTI,
ENAIRE y SEPI les fue autorizada para los ejercicios 2013 y 2014 y a IDAE para los ejercicios
2014 y 2015, que fue renovada para los años sucesivos. Las compensaciones anuales
autorizadas por el Ministerio de Hacienda ascendieron a 9.240,00 euros para CDTI, a 6.148,34
euros para IDAE, a 11.735,24 euros para ENAIRE y a 11.561,00 euros para SEPI, no habiendo
experimentado modificaciones desde entonces.

cve: BOE-A-2024-13275
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Para las AAPP, las compensaciones por asistencia fueron determinadas por la Secretaría de
Estado de Infraestructuras del Ministerio de Fomento el 1 de junio de 2001, que estableció el
importe anual a percibir por los miembros del Consejo de Administración por su asistencia a las
sesiones, ascendiendo para la AP BILBAO (grupo 2) a 8.204 euros y para la AP CASTELLÓN
(grupo 3) a 5.968 euros; los respectivos Consejos de Administración aprobaron, con posterioridad,
las cuantías individuales para cada sesión, que ascendieron a 933,33 euros para la AP BILBAO y
a 542,55 euros para la AP CASTELLÓN.