III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13274)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los ejercicios 2008 a 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76760
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
13274
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia
por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del
Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los
ejercicios 2008 a 2017.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 11 de abril de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia
por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar, así como
de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los ejercicios 2008 a 2017,
acuerda:
1.
Instar al Gobierno a:
– Ampliar la normativa interna administrativa reguladora de la tramitación de
expedientes de emergencia, revisándola para dotarla de mayores garantías.
– Implementar programas que garanticen el control y vigilancia periódica de todas
las instalaciones competencia de las Confederaciones Hidrográficas y la Mancomunidad
del Tabilla, a fin de poder conseguir un adecuado mantenimiento de las mismas.
– Potenciar la formación en materia contractual pública del personal encargado de la
tramitación de esos expedientes.
– Adoptar las decisiones pertinentes para la aplicación efectiva en los contratos de
urgencia de las previsiones que, con carácter potestativo, se encuentran contenidas en
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, tendentes a promover dicha igualdad a través de la contratación.
– Implementar programas de control y vigilancia periódicos de todas las
instalaciones de su competencia para asegurar su adecuado mantenimiento.
– Potenciar la formación en materia de contratos públicos del personal encargado de
la tramitación de los expedientes de contratación.
– Potenciar la formación en materia contractual pública del personal de contratación.
– Incrementar programas que garanticen el control y vigilancia de las instalaciones,
que permitan el adecuado mantenimiento de estas en el caso de las Confederaciones
Hidrográficas, evitando sobrecostes.
– Promover, en los contratos de urgencia, la necesidad de establecer medidas en los
Pliegos de Contratación, que busquen la efectiva igualdad de mujeres y hombres, en
virtud de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, tendentes a promover dicha igualdad a través de la contratación.
– Promover en los expedientes mayor nivel de precisión y extensión de las
necesidades que se pretende cubrir con los contratos objeto de tramitación.
– Elaborar memorias estimativas de los futuros contratos de los aspectos técnicos
más relevantes.
– Determinar mayor precisión de solvencia y calidad a las empresas y licitadores.
cve: BOE-A-2024-13274
Verificable en https://www.boe.es
2. Instar a las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del
Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla a:
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
Sec. III. Pág. 76760
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
13274
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia
por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del
Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los
ejercicios 2008 a 2017.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 11 de abril de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización de los contratos tramitados como de emergencia y de urgencia
por las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del Júcar, así como
de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla durante los ejercicios 2008 a 2017,
acuerda:
1.
Instar al Gobierno a:
– Ampliar la normativa interna administrativa reguladora de la tramitación de
expedientes de emergencia, revisándola para dotarla de mayores garantías.
– Implementar programas que garanticen el control y vigilancia periódica de todas
las instalaciones competencia de las Confederaciones Hidrográficas y la Mancomunidad
del Tabilla, a fin de poder conseguir un adecuado mantenimiento de las mismas.
– Potenciar la formación en materia contractual pública del personal encargado de la
tramitación de esos expedientes.
– Adoptar las decisiones pertinentes para la aplicación efectiva en los contratos de
urgencia de las previsiones que, con carácter potestativo, se encuentran contenidas en
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, tendentes a promover dicha igualdad a través de la contratación.
– Implementar programas de control y vigilancia periódicos de todas las
instalaciones de su competencia para asegurar su adecuado mantenimiento.
– Potenciar la formación en materia de contratos públicos del personal encargado de
la tramitación de los expedientes de contratación.
– Potenciar la formación en materia contractual pública del personal de contratación.
– Incrementar programas que garanticen el control y vigilancia de las instalaciones,
que permitan el adecuado mantenimiento de estas en el caso de las Confederaciones
Hidrográficas, evitando sobrecostes.
– Promover, en los contratos de urgencia, la necesidad de establecer medidas en los
Pliegos de Contratación, que busquen la efectiva igualdad de mujeres y hombres, en
virtud de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres, tendentes a promover dicha igualdad a través de la contratación.
– Promover en los expedientes mayor nivel de precisión y extensión de las
necesidades que se pretende cubrir con los contratos objeto de tramitación.
– Elaborar memorias estimativas de los futuros contratos de los aspectos técnicos
más relevantes.
– Determinar mayor precisión de solvencia y calidad a las empresas y licitadores.
cve: BOE-A-2024-13274
Verificable en https://www.boe.es
2. Instar a las Confederaciones Hidrográficas del Guadalquivir, del Segura y del
Júcar, así como de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla a: