III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13270)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicios 2018 y 2019.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
I.
Sec. III. Pág. 76286
INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
La “Fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas
o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas
financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicios 2018 y 2019” figura, unida a la de las
cuentas anuales de los partidos políticos, en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas
para el año 2020, aprobado por el Pleno de la Institución en sesión de 19 de diciembre de 2019 y
modificado en este punto el 30 de septiembre de 2020. En el Programa de Fiscalizaciones para el
año 2022 esta fiscalización se incorporó como una fiscalización diferenciada a la correspondiente a
las cuentas anuales de los partidos políticos.
La fiscalización se lleva a cabo en cumplimiento del mandato legal expreso establecido en la
Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los
Partidos Políticos (LOFPP). También los artículos Primero y Cuarto.Tres de la Ley Orgánica 2/1982,
de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (LOTCu) atribuyen a este la fiscalización de la actividad
económico-financiera de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los
partidos políticos. Además el artículo 16 de la LOFPP dispone que en el informe correspondiente el
Tribunal de Cuentas hará constar cuantas infracciones o prácticas irregulares se hayan observado,
informe que se elevará a las Cortes Generales y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en su sesión de 30 de septiembre de 2020, aprobó las Directrices
Técnicas del presente procedimiento fiscalizador, de conformidad con lo establecido en el artículo
3.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu).
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL
I.2.1.- Ámbito subjetivo
Integran el ámbito subjetivo de la fiscalización las fundaciones y demás entidades vinculadas o
dependientes de los partidos políticos fiscalizados en los ejercicios 2018 y 2019, determinándose
expresamente en el apartado Uno de la Disposición Adicional Séptima de la LOFPP los casos
concretos en los que concurre vinculación o dependencia de las fundaciones y entidades respecto
de las formaciones políticas. En los ejercicios 2018 y 2019 se han fiscalizado 38 y 37 fundaciones
y 10 y 11 asociaciones, respectivamente, así como 3 sociedades mercantiles. En total, 51 entidades
en ambos ejercicios.
La relación completa de fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos
que han sido objeto de fiscalización se recoge en el siguiente cuadro:
Asociación Obradoiro de Ideas Láncara
Asociación Barcelona en Comú
Asociación Guanyem Barcelona
Asociación Municipalista Fearless Cities
Fundación Galiza Sempre
Asociación Cataluña Constitucional - Catalunya
Constitucional
Asociación Movimiento Ciudadano por la Regeneración
Fundación Tribuna Cívica
Fundación Canaria 7 Islas
Fundación Canaria Centro de Estudios Canarios Siglo XXI
Fundación Secundino Delgado
Fundación Catalanista i Demócrata (CATDEM)
Partidos Políticos
Anova-Irmandade Nacionalista
Barcelona en Comú
Bloque Nacionalista Galego
Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía
Coalición Canaria
- Partido Nacionalista Canario
Convergencia Democrática de Catalunya
cve: BOE-A-2024-13270
Verificable en https://www.boe.es
Fundaciones y Entidades
Núm. 158
Lunes 1 de julio de 2024
I.
Sec. III. Pág. 76286
INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DE LA FISCALIZACIÓN
La “Fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas
o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas
financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicios 2018 y 2019” figura, unida a la de las
cuentas anuales de los partidos políticos, en el Programa de Fiscalizaciones del Tribunal de Cuentas
para el año 2020, aprobado por el Pleno de la Institución en sesión de 19 de diciembre de 2019 y
modificado en este punto el 30 de septiembre de 2020. En el Programa de Fiscalizaciones para el
año 2022 esta fiscalización se incorporó como una fiscalización diferenciada a la correspondiente a
las cuentas anuales de los partidos políticos.
La fiscalización se lleva a cabo en cumplimiento del mandato legal expreso establecido en la
Disposición Adicional Séptima de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre Financiación de los
Partidos Políticos (LOFPP). También los artículos Primero y Cuarto.Tres de la Ley Orgánica 2/1982,
de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas (LOTCu) atribuyen a este la fiscalización de la actividad
económico-financiera de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los
partidos políticos. Además el artículo 16 de la LOFPP dispone que en el informe correspondiente el
Tribunal de Cuentas hará constar cuantas infracciones o prácticas irregulares se hayan observado,
informe que se elevará a las Cortes Generales y se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en su sesión de 30 de septiembre de 2020, aprobó las Directrices
Técnicas del presente procedimiento fiscalizador, de conformidad con lo establecido en el artículo
3.g) de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas (LFTCu).
I.2. ÁMBITOS SUBJETIVO, OBJETIVO Y TEMPORAL
I.2.1.- Ámbito subjetivo
Integran el ámbito subjetivo de la fiscalización las fundaciones y demás entidades vinculadas o
dependientes de los partidos políticos fiscalizados en los ejercicios 2018 y 2019, determinándose
expresamente en el apartado Uno de la Disposición Adicional Séptima de la LOFPP los casos
concretos en los que concurre vinculación o dependencia de las fundaciones y entidades respecto
de las formaciones políticas. En los ejercicios 2018 y 2019 se han fiscalizado 38 y 37 fundaciones
y 10 y 11 asociaciones, respectivamente, así como 3 sociedades mercantiles. En total, 51 entidades
en ambos ejercicios.
La relación completa de fundaciones y entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos
que han sido objeto de fiscalización se recoge en el siguiente cuadro:
Asociación Obradoiro de Ideas Láncara
Asociación Barcelona en Comú
Asociación Guanyem Barcelona
Asociación Municipalista Fearless Cities
Fundación Galiza Sempre
Asociación Cataluña Constitucional - Catalunya
Constitucional
Asociación Movimiento Ciudadano por la Regeneración
Fundación Tribuna Cívica
Fundación Canaria 7 Islas
Fundación Canaria Centro de Estudios Canarios Siglo XXI
Fundación Secundino Delgado
Fundación Catalanista i Demócrata (CATDEM)
Partidos Políticos
Anova-Irmandade Nacionalista
Barcelona en Comú
Bloque Nacionalista Galego
Ciudadanos-Partido de la Ciudadanía
Coalición Canaria
- Partido Nacionalista Canario
Convergencia Democrática de Catalunya
cve: BOE-A-2024-13270
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Fundaciones y Entidades