III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2024-13266)
Resolución de 11 de abril de 2024, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la actividad de impulso de la competitividad del sector turístico realizada por la Sociedad Mercantil Estatal para la Gestión de la Innovación y las Tecnologías Turísticas, SA, M.P. (SEGITUR), en los ejercicios 2019 y 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158

Lunes 1 de julio de 2024

Sec. III. Pág. 75905

ÍNDICE

I.- INTRODUCCIÓN.
I.1.- INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO.
I.2.- ANTECEDENTES Y MARCO JURÍDICO.
I.2.1.- Contexto de la política de turismo.
I.2.2.- Naturaleza y régimen jurídico de SEGITTUR.
I.2.3.- Principales magnitudes económicas.
I.3.- ALCANCE Y OBJETIVOS DE LA FISCALIZACIÓN.
I.4.- RENDICIÓN DE CUENTAS.
I.5.- TRÁMITE DE ALEGACIONES.
II.- RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN.
II.1.- ANÁLISIS DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Y DE LOS PROCEDIMIENTOS
DE IMPUTACIÓN DE COSTES A LAS ACTIVIDADES.
II.1.1.- Análisis del sistema de control interno.
II.1.2.- Análisis de los procedimientos de imputación de costes a las actividades.
II.1.3.- Verificación del cumplimiento de la normativa en materia de transparencia.
II.2.- CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS NORMATIVOS DEL MEDIO PROPIO.
II.2.1.- Verificación del cumplimiento de los requisitos para los medios propios de
la LCSP.
II.2.2.- Comprobación de la adecuación y suficiencia de los medios de SEGITTUR.
II.3.- ANÁLISIS DE LA EFICACIA Y EFICIENCIA DE LAS ACTIVIDADES DE SEGITTUR.
II.3.1.- Análisis de la eficacia de las actividades.
II.3.2.- Análisis de eficiencia de las actividades.
II.4.- ANÁLISIS DE LA CONTRIBUCIÓN DE LA ACTIVIDAD DE SEGITTUR A LA
COMPETITIVIDAD TURÍSTICA.
II.4.1.- Utilidad de la sociedad mercantil estatal instrumental en la política de
fomento de la competitividad del turismo.
II.4.2.- Contribución actual de SEGITTUR a la competitividad turística.
II.4.3.- Contribución de SEGITTUR en el contexto de la pandemia de la COVID-19.
III.- CONCLUSIONES.
III.1.- EN RELACIÓN CON EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO Y LA APLICACIÓN DE
COSTES A ACTIVIDADES.
III.2.- EN RELACIÓN CON EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS NORMATIVOS DE
LOS MEDIOS PROPIOS.
III.3.- EN RELACIÓN CON LA EFICACIA Y LA EFICIENCIA DE LAS ACTIVIDADES QUE
EJECUTA SEGITTUR.
III.4.- EN RELACIÓN CON LA CONTRIBUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES A LA
COMPETITIVIDAD DEL SECTOR PÚBLICO.
IV.- RECOMENDACIONES.

cve: BOE-A-2024-13266
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ANEXOS