III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-13163)
Resolución de 27 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se actualizan los valores de la retribución a la operación correspondientes al tercer trimestre natural del año 2024 de las instalaciones tipo de generación de energía eléctrica cuyos costes de explotación dependan esencialmente del precio del combustible.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Nivel del peaje de red
local
Cargos unitarios Término fijo de capacidad
(€/(kWh/día)/año)
(€/(kWh/día)/año) (2)
Sec. III. Pág. 74894
Término variable del peaje de
red local
(€/kWh) (1)
RL6
0,006283
0,921450
0,001224
RL7
0,006274
0,485787
0,000895
RL8
0,006272
0,405289
0,000673
RL9
0,006271
0,157582
0,000464
RL10
0,006270
0,150780
0,000379
RL11
0,006270
0,120583
0,000084
Términos de almacenamiento subterráneo del gas natural
Valor
Número de días de existencias mínimas de seguridad (día).
28,5
Término fijo del canon de almacenamiento subterráneo (€/(kWh/día)/año)
.
0,002661
(3)
Prima de las subasta de adjudicación de capacidad (€/(kWh/día)/año).
0,000144752
Canon de inyección en los almacenamientos subterráneos (€/(kWh/día)/año) (1).
Canon de extracción en los almacenamientos subterráneos (€/(kWh/día)/año)
Coste medio de almacenamiento subterráneo (€/kWh).
0,155486
.
(1)
0,122547
0,000240
Valor que ha de ser incrementado con la tasa de la CNMC y con la cuota del GTS.
Valor que ha de ser incrementado con la tasa de la CNMC y con la cuota del GTS, y adicionalmente
con los cargos unitarios incrementados estos últimos con la tasa de la CNMC.
(3)
Valor que ha de ser incrementado con la tasa de la CNMC, con la cuota del GTS y con la prima de
las subastas de adjudicación de capacidad.
(1)
(2)
Cuarto.
Establecer, en aplicación del artículo 9 de la Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, el
precio estimado del fuelóleo para el tercer trimestre del año 2024 en 508,24 €/t y el
precio estimado del gasóleo y GLP para el tercer trimestre del año 2024 en 757,95 €/t.
Quinto.
Aprobar, en aplicación del artículo 10 de la Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, los
valores de la retribución a la operación para el tercer trimestre del año 2024 de las
instalaciones tipo incluidas en el ámbito de aplicación de los artículos 2.a) y 2.b) de dicha
orden, que serán los recogidos en el anexo I.
Establecer, en aplicación del artículo 11 y de la disposición transitoria cuarta de la Orden
TED/526/2024, de 31 de mayo, la estimación del precio de la biomasa para el tercer
trimestre del año 2024 en 59,63 €/t para el grupo b.6 y en 49,70 €/t para el grupo b.8.
Los valores de los índices empleados para la estimación del precio de la biomasa
para el tercer trimestre del año 2024 se recogen en la siguiente tabla:
Periodo
Índice de precios
industriales para bienes
de equipo
Precio del
transporte
Salario mínimo
interprofesional
(€/mes en 14 pagas)
Segundo trimestre del año 2024.
110,86
171,00
1.134,00
Año 2023.
108,73
172,70
1.080,00
cve: BOE-A-2024-13163
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Nivel del peaje de red
local
Cargos unitarios Término fijo de capacidad
(€/(kWh/día)/año)
(€/(kWh/día)/año) (2)
Sec. III. Pág. 74894
Término variable del peaje de
red local
(€/kWh) (1)
RL6
0,006283
0,921450
0,001224
RL7
0,006274
0,485787
0,000895
RL8
0,006272
0,405289
0,000673
RL9
0,006271
0,157582
0,000464
RL10
0,006270
0,150780
0,000379
RL11
0,006270
0,120583
0,000084
Términos de almacenamiento subterráneo del gas natural
Valor
Número de días de existencias mínimas de seguridad (día).
28,5
Término fijo del canon de almacenamiento subterráneo (€/(kWh/día)/año)
.
0,002661
(3)
Prima de las subasta de adjudicación de capacidad (€/(kWh/día)/año).
0,000144752
Canon de inyección en los almacenamientos subterráneos (€/(kWh/día)/año) (1).
Canon de extracción en los almacenamientos subterráneos (€/(kWh/día)/año)
Coste medio de almacenamiento subterráneo (€/kWh).
0,155486
.
(1)
0,122547
0,000240
Valor que ha de ser incrementado con la tasa de la CNMC y con la cuota del GTS.
Valor que ha de ser incrementado con la tasa de la CNMC y con la cuota del GTS, y adicionalmente
con los cargos unitarios incrementados estos últimos con la tasa de la CNMC.
(3)
Valor que ha de ser incrementado con la tasa de la CNMC, con la cuota del GTS y con la prima de
las subastas de adjudicación de capacidad.
(1)
(2)
Cuarto.
Establecer, en aplicación del artículo 9 de la Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, el
precio estimado del fuelóleo para el tercer trimestre del año 2024 en 508,24 €/t y el
precio estimado del gasóleo y GLP para el tercer trimestre del año 2024 en 757,95 €/t.
Quinto.
Aprobar, en aplicación del artículo 10 de la Orden TED/526/2024, de 31 de mayo, los
valores de la retribución a la operación para el tercer trimestre del año 2024 de las
instalaciones tipo incluidas en el ámbito de aplicación de los artículos 2.a) y 2.b) de dicha
orden, que serán los recogidos en el anexo I.
Establecer, en aplicación del artículo 11 y de la disposición transitoria cuarta de la Orden
TED/526/2024, de 31 de mayo, la estimación del precio de la biomasa para el tercer
trimestre del año 2024 en 59,63 €/t para el grupo b.6 y en 49,70 €/t para el grupo b.8.
Los valores de los índices empleados para la estimación del precio de la biomasa
para el tercer trimestre del año 2024 se recogen en la siguiente tabla:
Periodo
Índice de precios
industriales para bienes
de equipo
Precio del
transporte
Salario mínimo
interprofesional
(€/mes en 14 pagas)
Segundo trimestre del año 2024.
110,86
171,00
1.134,00
Año 2023.
108,73
172,70
1.080,00
cve: BOE-A-2024-13163
Verificable en https://www.boe.es
Sexto.