III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Mercado de valores. (BOE-A-2024-13175)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a don Félix Revuelta Fernández.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 75083
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
13175
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a
don Félix Revuelta Fernández.
Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a don Félix Revuelta
Fernández por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16 de
la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 del Reglamento (UE)
n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el
abuso del mercado, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335
de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de
Inversión, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores de fecha 25 de abril de 2024 que, tras la exposición de
hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a don Félix Revuelta Fernández, por la comisión de una infracción muy
grave tipificada en el artículo 282.16 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el
artículo 14 a) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del mercado, por la venta de un total
de 1.103.533 acciones de Sniace, SA, los días 11 y 12 de febrero de 2020, realizada en
su propio nombre y en el de las empresas bajo su control Kiluva, SA, y Finverki, SL,
estando en posesión de información privilegiada relativa a la decisión adoptada por el
consejo de administración de la mercantil Cogen Energía España, SL, de dar por
terminado anticipadamente el contrato de arrendamiento y gestión de la explotación de la
planta de cogeneración de Sniace, SA, comunicada al mercado el día 12 de febrero
de 2020 a las 18:12, una multa por importe de 110.000 euros (ciento diez mil euros).
La resolución que impone la sanción, antes citada, únicamente es firme en vía
administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2024-13175
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de junio de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 157
Sábado 29 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 75083
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES
13175
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, por la que se publica la sanción por infracción muy grave impuesta a
don Félix Revuelta Fernández.
Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a don Félix Revuelta
Fernández por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 282.16 de
la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el artículo 14 del Reglamento (UE)
n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el
abuso del mercado, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 335
de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de
Inversión, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores de fecha 25 de abril de 2024 que, tras la exposición de
hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente acuerdo:
– Imponer a don Félix Revuelta Fernández, por la comisión de una infracción muy
grave tipificada en el artículo 282.16 de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, en relación con el
artículo 14 a) del Reglamento (UE) n.º 596/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 16 de abril de 2014, sobre el abuso del mercado, por la venta de un total
de 1.103.533 acciones de Sniace, SA, los días 11 y 12 de febrero de 2020, realizada en
su propio nombre y en el de las empresas bajo su control Kiluva, SA, y Finverki, SL,
estando en posesión de información privilegiada relativa a la decisión adoptada por el
consejo de administración de la mercantil Cogen Energía España, SL, de dar por
terminado anticipadamente el contrato de arrendamiento y gestión de la explotación de la
planta de cogeneración de Sniace, SA, comunicada al mercado el día 12 de febrero
de 2020 a las 18:12, una multa por importe de 110.000 euros (ciento diez mil euros).
La resolución que impone la sanción, antes citada, únicamente es firme en vía
administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
cve: BOE-A-2024-13175
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 13 de junio de 2024.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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