III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-13076)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Carlos III, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Viernes 28 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74641
EXPONEN
I. Con fecha 06 de febrero de 2018 (BOE de 17 de febrero de 2018) se suscribió el
convenio entre la Universidad Carlos III y la Intervención General de la Administración
del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
II. La cláusula duodécima del citado convenio establece que la modificación del
contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
III. Con fecha 21 de enero de 2022 (fecha de inscripción en REOICO de 25 de
enero del mismo año), y vigencia hasta el 17 de febrero de 2026, se suscribió Adenda al
convenio entre la Universidad Carlos III y la Intervención General de la Administración
del Estado (IGAE) para la realización de prácticas académicas externas.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula octava.
Segunda. Modificación de la cláusula octava del convenio entre la Universidad Carlos
III y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.
La cláusula octava queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad Carlos III y la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento
refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato
laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima
segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo
único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
se acuerda que las prácticas académicas externas sean curriculares no remuneradas,
correspondiendo la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social a la
Universidad.
Por lo tanto, durante la realización de prácticas académicas externas, las situaciones
de necesidad del alumnado quedarán cubiertas por el sistema de la Seguridad Social de
acuerdo con la norma mencionada, sin perjuicio del seguro escolar establecido en la
cláusula novena del convenio.»
Eficacia.
La presente Adenda de modificación del convenio entre la Universidad Carlos III y la
IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-13076
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 156
Viernes 28 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74641
EXPONEN
I. Con fecha 06 de febrero de 2018 (BOE de 17 de febrero de 2018) se suscribió el
convenio entre la Universidad Carlos III y la Intervención General de la Administración
del Estado para la realización de prácticas académicas externas.
II. La cláusula duodécima del citado convenio establece que la modificación del
contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
III. Con fecha 21 de enero de 2022 (fecha de inscripción en REOICO de 25 de
enero del mismo año), y vigencia hasta el 17 de febrero de 2026, se suscribió Adenda al
convenio entre la Universidad Carlos III y la Intervención General de la Administración
del Estado (IGAE) para la realización de prácticas académicas externas.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula octava.
Segunda. Modificación de la cláusula octava del convenio entre la Universidad Carlos
III y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.
La cláusula octava queda redactada del siguiente modo:
«La Universidad Carlos III y la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento
refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato
laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima
segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo
único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el
establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones,
se acuerda que las prácticas académicas externas sean curriculares no remuneradas,
correspondiendo la obligación de alta y cotización en la Seguridad Social a la
Universidad.
Por lo tanto, durante la realización de prácticas académicas externas, las situaciones
de necesidad del alumnado quedarán cubiertas por el sistema de la Seguridad Social de
acuerdo con la norma mencionada, sin perjuicio del seguro escolar establecido en la
cláusula novena del convenio.»
Eficacia.
La presente Adenda de modificación del convenio entre la Universidad Carlos III y la
IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-13076
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.