III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Incentivos regionales. (BOE-A-2024-13078)
Orden HAC/651/2024, de 11 de junio, sobre resolución de expedientes por incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos al amparo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Viernes 28 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 74644

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
13078

Orden HAC/651/2024, de 11 de junio, sobre resolución de expedientes por
incumplimiento de las condiciones establecidas en la concesión de incentivos
al amparo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.

A las empresas relacionadas en el anexo de esta Orden, al no haber acreditado en
tiempo y forma el cumplimiento de las condiciones vinculantes establecidas en las
resoluciones de concesión de las subvenciones, se les instruyeron los oportunos
expedientes de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los
incentivos regionales de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real
Decreto 899/2007, de 6 de julio.
En la instrucción de los expedientes se han observado las formalidades legales,
habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para el
cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en
el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 45 del Reglamento de los
incentivos regionales citado.
De las actuaciones resulta probado que los titulares de las subvenciones no han
acreditado haber cumplido en tiempo y forma las obligaciones que contrajeron en la
aceptación de las condiciones de los incentivos.
Este Ministerio, al amparo de lo dispuesto en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre; el
Reglamento de los incentivos regionales aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6
de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y demás
disposiciones de aplicación, así como los informes de la Subdirección General de
Inspección y Control, tiene a bien disponer:
Artículo único. Se declara el incumplimiento de las condiciones establecidas para el
disfrute de los incentivos regionales otorgados a las Empresas relacionadas en el
anexo de esta Orden. En consecuencia, se modifica el importe de las subvenciones
concedidas en proporción al alcance del incumplimiento según se detalla en el
anexo, debiéndose publicar la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado»
conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, todo ello sin perjuicio de
efectuar la notificación de la misma a los interesados, a la que se adjuntará copia del
informe-propuesta que ha servido de base para la declaración de cada
incumplimiento.

Madrid, 11 de junio de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Hacienda, P. D. (Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), la Secretaria de Estado de
Presupuestos y Gastos, María José Gualda Romero.

cve: BOE-A-2024-13078
Verificable en https://www.boe.es

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer potestativamente recurso de reposición ante la Sra. Vicepresidenta Primera
del Gobierno y Ministra de Hacienda, en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de la notificación, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente a la notificación de la misma.