III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-13029)
Resolución de 9 de junio de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación transformadora "ST Villatoro", de la actual línea de transporte de energía eléctrica "ST Villalbilla-T de Ayala, circuito 1", en Burgos (Burgos) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74442
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 9 de junio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica a
220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación transformadora
«ST Villatoro», de la actual línea de transporte de energía eléctrica «ST
Villalbilla-T de Ayala, circuito 1», en Burgos (Burgos) y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 21 de
diciembre de 2022, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea de transporte de
energía eléctrica 220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación
transformadora «ST Villatoro» de la actual línea de transporte de energía eléctrica
a 220 kV «ST Villalbilla-T de Ayala, Cto. 1». La nueva línea tiene una longitud total
de 82,59 m, discurriendo íntegramente por el término municipal de Burgos, en la
provincia de Burgos.
Red Eléctrica suscribió, a través de técnico competente, declaración responsable de
manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se
establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó informe de 16 de
marzo de 2023, del Servicio Territorial de Medio Ambiente en Burgos de la Junta de
Castilla y León, relativo a las afecciones al medio natural de la línea, en el cual no
muestra oposición a la línea y establece condicionado técnico, que ha sido asumido y
aceptado por Red Eléctrica.
La Sección de Urbanismo del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación
Digital de la Junta de Castilla y León remitió informe manifestando que, el existir afección
por la ocupación temporal al realizar los trabajos en el apoyo 24, cundo se solicite
licencia urbanística al ayuntamiento, este deberá alorar la necesidad de tramitar el
procedimiento de autorización de uso excepcional en suelo rústico, en cuyo caso, se
remitirá el expediente a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo para que
esta se pronuncie sobre la autorización de uso excepcional en suelo rústico. Trasladado
este informe a Red Eléctrica, esta respondió manifestando que la actuación planteada no
está sujeta a licencia o a cualquier otro acto de control preventivo municipal, con sujeción
estricta a lo preceptuado en las disposiciones adicionales segunda, tercera y duodécima
de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras
públicas. Se ha dado traslado de la respuesta de Red Eléctrica a la Sección de
cve: BOE-A-2024-13029
Verificable en https://www.boe.es
13029
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 74442
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 9 de junio de 2024, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Red Eléctrica de España, SAU,
autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción para la nueva línea aérea de transporte de energía eléctrica a
220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación transformadora
«ST Villatoro», de la actual línea de transporte de energía eléctrica «ST
Villalbilla-T de Ayala, circuito 1», en Burgos (Burgos) y se declara, en
concreto, su utilidad pública.
Red Eléctrica de España, SAU, en adelante Red Eléctrica, solicitó con fecha 21 de
diciembre de 2022, autorización administrativa previa, autorización administrativa de
construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública de la línea de transporte de
energía eléctrica 220 kV, doble circuito, de entrada y salida en la subestación
transformadora «ST Villatoro» de la actual línea de transporte de energía eléctrica
a 220 kV «ST Villalbilla-T de Ayala, Cto. 1». La nueva línea tiene una longitud total
de 82,59 m, discurriendo íntegramente por el término municipal de Burgos, en la
provincia de Burgos.
Red Eléctrica suscribió, a través de técnico competente, declaración responsable de
manera que acredita el cumplimiento de la normativa que le es de aplicación, según se
establece en el artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Burgos y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con las disposiciones adicionales duodécima,
segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de
concesión de obras públicas, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las
distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de
interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su
cargo.
Asimismo, como parte del procedimiento, Red Eléctrica aportó informe de 16 de
marzo de 2023, del Servicio Territorial de Medio Ambiente en Burgos de la Junta de
Castilla y León, relativo a las afecciones al medio natural de la línea, en el cual no
muestra oposición a la línea y establece condicionado técnico, que ha sido asumido y
aceptado por Red Eléctrica.
La Sección de Urbanismo del Servicio Territorial de Movilidad y Transformación
Digital de la Junta de Castilla y León remitió informe manifestando que, el existir afección
por la ocupación temporal al realizar los trabajos en el apoyo 24, cundo se solicite
licencia urbanística al ayuntamiento, este deberá alorar la necesidad de tramitar el
procedimiento de autorización de uso excepcional en suelo rústico, en cuyo caso, se
remitirá el expediente a la Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo para que
esta se pronuncie sobre la autorización de uso excepcional en suelo rústico. Trasladado
este informe a Red Eléctrica, esta respondió manifestando que la actuación planteada no
está sujeta a licencia o a cualquier otro acto de control preventivo municipal, con sujeción
estricta a lo preceptuado en las disposiciones adicionales segunda, tercera y duodécima
de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras
públicas. Se ha dado traslado de la respuesta de Red Eléctrica a la Sección de
cve: BOE-A-2024-13029
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13029