II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Destinos. (BOE-A-2024-12952)
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia del personal docente en las escuelas europeas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. II.A. Pág. 74140
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
12952
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia del personal docente en las escuelas europeas.
La Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional (BOE de 21 de noviembre) y la Resolución de 23
de noviembre de 2021 (BOE de 26 de noviembre), por las que se hacían públicas las
convocatorias para la provisión de vacantes de funcionarios y funcionarias docentes en el
exterior, preveían que, a los profesores seleccionados en virtud de las mismas, les sería
prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y condiciones de
las citadas convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia en las Escuelas Europeas al profesorado relacionado en el
anexo de esta resolución, en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen
de adscripción temporal, para que puedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 29
y 30 del Estatuto de Personal Docente de las Escuelas Europeas, seguir desempeñando
sus funciones en el exterior.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Personal Docente de
las Escuelas Europeas, no podrán volver a solicitar plazas vacantes en las mismas,
aquellos funcionarios docentes que hayan agotado el plazo de permanencia máximo de
nueve años que establece dicho artículo.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado, se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que se
impugna, a elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i) en relación con la
regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1
de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
cve: BOE-A-2024-12952
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 155
Jueves 27 de junio de 2024
Sec. II.A. Pág. 74140
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
12952
Resolución de 17 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia del personal docente en las escuelas europeas.
La Resolución de 16 de noviembre de 2018, de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional (BOE de 21 de noviembre) y la Resolución de 23
de noviembre de 2021 (BOE de 26 de noviembre), por las que se hacían públicas las
convocatorias para la provisión de vacantes de funcionarios y funcionarias docentes en el
exterior, preveían que, a los profesores seleccionados en virtud de las mismas, les sería
prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y condiciones de
las citadas convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Acción Educativa Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia en las Escuelas Europeas al profesorado relacionado en el
anexo de esta resolución, en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen
de adscripción temporal, para que puedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 29
y 30 del Estatuto de Personal Docente de las Escuelas Europeas, seguir desempeñando
sus funciones en el exterior.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Personal Docente de
las Escuelas Europeas, no podrán volver a solicitar plazas vacantes en las mismas,
aquellos funcionarios docentes que hayan agotado el plazo de permanencia máximo de
nueve años que establece dicho artículo.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de este profesorado, se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.
Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que se
impugna, a elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i) en relación con la
regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente a la fecha de la publicación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46.1
de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
cve: BOE-A-2024-12952
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Tercero.