III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2024-12908)
Resolución 420/38257/2024, de 12 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con la Universidad de Murcia, para la realización de prácticas académicas externas por los estudiantes de la Facultad de Veterinaria en los Centros Militares de Cría Caballar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73766
de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Defensa, en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2022.
Segundo.
Que la cláusula sexta de dicho convenio establece que, en relación con las
obligaciones contenidas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018,
de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas
urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía no se ha producido el
desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a
firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar
cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
Tercero.
Que es necesario adaptar el convenio suscrito 10 de noviembre de 2022 a la nueva
regulación respecto a la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación. Esta nueva regulación, se establece por Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la
reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, que se ha publicado en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 17 de marzo de 2023.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Murcia, para la realización por los estudiantes de su Facultad de Veterinaria, de
prácticas académicas externas en los Centros Militares de Cría Caballar, suscrito
el 10 de noviembre de 2022.
La cláusula sexta del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Murcia, para la realización por los estudiantes de su Facultad de Veterinaria, de prácticas
académicas externas en los Centros Militares de Cría Caballar, suscrito el 10 de
noviembre de 2022, queda redactada en los siguientes términos:
Financiación.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación”, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la
Universidad de Murcia.
Asimismo, corresponderá a la Universidad de Murcia suscribir, en su caso, los
convenios especiales previstos en el apartado octavo de la citada disposición
adicional quincuagésima segunda.»
Segunda.
Eficacia de la Adenda.
Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda se perfeccionará por la prestación del
consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
cve: BOE-A-2024-12908
Verificable en https://www.boe.es
«Sexta.
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73766
de la Secretaria General Técnica del Ministerio de Defensa, en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 279, de 21 de noviembre de 2022.
Segundo.
Que la cláusula sexta de dicho convenio establece que, en relación con las
obligaciones contenidas en la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 28/2018,
de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas
urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía no se ha producido el
desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes se comprometen a
firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían para dar
cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
Tercero.
Que es necesario adaptar el convenio suscrito 10 de noviembre de 2022 a la nueva
regulación respecto a la inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que
realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de
formación. Esta nueva regulación, se establece por Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la
reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, que se ha publicado en el «Boletín
Oficial del Estado», con fecha 17 de marzo de 2023.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Modificación del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Murcia, para la realización por los estudiantes de su Facultad de Veterinaria, de
prácticas académicas externas en los Centros Militares de Cría Caballar, suscrito
el 10 de noviembre de 2022.
La cláusula sexta del convenio entre el Ministerio de Defensa y la Universidad de
Murcia, para la realización por los estudiantes de su Facultad de Veterinaria, de prácticas
académicas externas en los Centros Militares de Cría Caballar, suscrito el 10 de
noviembre de 2022, queda redactada en los siguientes términos:
Financiación.
En relación con lo dispuesto en el apartado 4.b de la disposición adicional
quincuagésima segunda “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos
que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en
programas de formación”, del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, el
cumplimiento de las obligaciones a la Seguridad Social corresponderá a la
Universidad de Murcia.
Asimismo, corresponderá a la Universidad de Murcia suscribir, en su caso, los
convenios especiales previstos en el apartado octavo de la citada disposición
adicional quincuagésima segunda.»
Segunda.
Eficacia de la Adenda.
Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda se perfeccionará por la prestación del
consentimiento de las partes, y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días
cve: BOE-A-2024-12908
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