III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Convenios. (BOE-A-2024-12934)
Resolución de 20 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio con la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y +, para el desarrollo de actividades de promoción de la salud, prevención y cribado del VIH y otras ITS en población LGTBI+.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73931
Tuberculosis (DCVIHT), en virtud del convenio que se suscribe, realizará las siguientes
actuaciones:
1. Coordinará el diseño de las campañas de prevención de VIH y ITS,
sensibilización y fomento de la prueba del VIH dirigidas a población LGTBI+.
2. Difundirá las acciones realizadas en el marco del Convenio entre las
Comunidades Autónomas (CCAA), ONG, Sociedades científicas y distintos
profesionales.
3. Colaborará con la FELGTBI+ para el mantenimiento y actualización de la web de
recursos sociosanitarios de actuación especializada en VIH e ITS para personas LGTBI+.
4. Coordinará el diseño de las acciones formativas desarrolladas en el marco del
presente convenio.
5. Coordinara las acciones dirigidas a la difusión y seguimiento de la información
sobre las estrategias de prevención y diagnóstico del VIH dirigidas a la población LGTBI+
y en especial a las personas más vulnerables aún dentro de este colectivo.
6. Coordinará y controlará el seguimiento del cribado del VIH y la vinculación al
sistema público de las personas LGTBI+ más vulnerables que tienen las exposiciones o
situaciones de riesgo para la infección por el VIH indicadas en el Plan, en estrecha
colaboración y coordinación con los profesionales responsables de las CCAA.
7. Facilitará la coordinación entre la FELGTBI+, servicios sanitarios, responsables
de programas y de salud pública de las CCAA.
8. Promoverá la mejora de la vigilancia epidemiológica de la infección por VIH, con
particular énfasis en la declaración de los resultados de las pruebas rápidas realizadas
en entornos comunitarios y otros entornos no sanitarios, en colaboración con todas las
entidades con competencias para la misma.
9. Realizará una contribución económica por un importe anual de 90.000 euros,
distribuidos según clausula quinta, sufragándose dichos gastos con cargo a la partida
presupuestaria 26.07.313B.226.16, para realizar de manera conjunta con FELGTBI+ las
actuaciones que se detallan en el anexo que figura a continuación del convenio.
Cuarta.
Actuaciones que corresponden a FELGTBI+.
1. Promoverá el diagnóstico precoz del VIH aconsejando la realización de la prueba
a las personas que realizan consultas, solicitan información o han vivido cualquier
situación de riesgo.
2. Fomentará el acceso a la población LGTBI+ a información, educación y
materiales de prevención de la transmisión del VIH y otras ITS.
3. Desarrollará diferentes campañas divulgativas de prevención, reducción de
riesgos, fomento de la prueba del VIH. Incluirá el diseño de la imagen y el lema, la
difusión a través de diferentes canales y la realización de materiales para su distribución.
4. Diseñará, creará y difundirá espacios webs informativos y con recursos estatales
de atención sociosanitaria especializada para población LGTBI+ en materia de
prevención de VIH, ITS u otra temática relacionada con el marco del convenio (PrEP,
chemsex, etc).
5. Facilitará la capacitación técnica y adquisición de herramientas de profesionales y
personas LGTBI+ para la prevención del VIH y mejor atención a personas LGTBI+ VIH +.
6. Informará y facilitará el acceso a las personas subsidiarias de la PrEP,
incrementando la visibilidad y conocimiento de estos programas.
7. Desarrollará acciones de prevención primaria selectiva dirigidas a hombres
GBHSH y personas trans vulnerables, con especial atención a aquellas con riesgo de
implicarse en la práctica del chemsex.
8. Promoverá la coordinación con los responsables en las CCAA para el
acompañamiento a los servicios sanitarios de las personas que precisen diagnóstico y
cve: BOE-A-2024-12934
Verificable en https://www.boe.es
Federación Estatal de lesbianas, gais, trans, bisexuales, intersexuales y más, en
virtud del convenio que se suscribe, realizará las siguientes actuaciones:
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73931
Tuberculosis (DCVIHT), en virtud del convenio que se suscribe, realizará las siguientes
actuaciones:
1. Coordinará el diseño de las campañas de prevención de VIH y ITS,
sensibilización y fomento de la prueba del VIH dirigidas a población LGTBI+.
2. Difundirá las acciones realizadas en el marco del Convenio entre las
Comunidades Autónomas (CCAA), ONG, Sociedades científicas y distintos
profesionales.
3. Colaborará con la FELGTBI+ para el mantenimiento y actualización de la web de
recursos sociosanitarios de actuación especializada en VIH e ITS para personas LGTBI+.
4. Coordinará el diseño de las acciones formativas desarrolladas en el marco del
presente convenio.
5. Coordinara las acciones dirigidas a la difusión y seguimiento de la información
sobre las estrategias de prevención y diagnóstico del VIH dirigidas a la población LGTBI+
y en especial a las personas más vulnerables aún dentro de este colectivo.
6. Coordinará y controlará el seguimiento del cribado del VIH y la vinculación al
sistema público de las personas LGTBI+ más vulnerables que tienen las exposiciones o
situaciones de riesgo para la infección por el VIH indicadas en el Plan, en estrecha
colaboración y coordinación con los profesionales responsables de las CCAA.
7. Facilitará la coordinación entre la FELGTBI+, servicios sanitarios, responsables
de programas y de salud pública de las CCAA.
8. Promoverá la mejora de la vigilancia epidemiológica de la infección por VIH, con
particular énfasis en la declaración de los resultados de las pruebas rápidas realizadas
en entornos comunitarios y otros entornos no sanitarios, en colaboración con todas las
entidades con competencias para la misma.
9. Realizará una contribución económica por un importe anual de 90.000 euros,
distribuidos según clausula quinta, sufragándose dichos gastos con cargo a la partida
presupuestaria 26.07.313B.226.16, para realizar de manera conjunta con FELGTBI+ las
actuaciones que se detallan en el anexo que figura a continuación del convenio.
Cuarta.
Actuaciones que corresponden a FELGTBI+.
1. Promoverá el diagnóstico precoz del VIH aconsejando la realización de la prueba
a las personas que realizan consultas, solicitan información o han vivido cualquier
situación de riesgo.
2. Fomentará el acceso a la población LGTBI+ a información, educación y
materiales de prevención de la transmisión del VIH y otras ITS.
3. Desarrollará diferentes campañas divulgativas de prevención, reducción de
riesgos, fomento de la prueba del VIH. Incluirá el diseño de la imagen y el lema, la
difusión a través de diferentes canales y la realización de materiales para su distribución.
4. Diseñará, creará y difundirá espacios webs informativos y con recursos estatales
de atención sociosanitaria especializada para población LGTBI+ en materia de
prevención de VIH, ITS u otra temática relacionada con el marco del convenio (PrEP,
chemsex, etc).
5. Facilitará la capacitación técnica y adquisición de herramientas de profesionales y
personas LGTBI+ para la prevención del VIH y mejor atención a personas LGTBI+ VIH +.
6. Informará y facilitará el acceso a las personas subsidiarias de la PrEP,
incrementando la visibilidad y conocimiento de estos programas.
7. Desarrollará acciones de prevención primaria selectiva dirigidas a hombres
GBHSH y personas trans vulnerables, con especial atención a aquellas con riesgo de
implicarse en la práctica del chemsex.
8. Promoverá la coordinación con los responsables en las CCAA para el
acompañamiento a los servicios sanitarios de las personas que precisen diagnóstico y
cve: BOE-A-2024-12934
Verificable en https://www.boe.es
Federación Estatal de lesbianas, gais, trans, bisexuales, intersexuales y más, en
virtud del convenio que se suscribe, realizará las siguientes actuaciones: