III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-12935)
Resolución de 20 de junio de 2024, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid, M.P., para establecer una colaboración para la realización del Curso de Verano "Cuidados y desarrollo profesional. Desafíos profesionales y personales en una realidad altamente feminizada".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Miércoles 26 de junio de 2024

N.º

5.

Subtotal

Euros

Concepto

Imprenta (carteles, carpetas, caballetes de mesa, etc.).
(Prorrateo entre cursos).

Transporte (autocar Madrid/San Lorenzo
6. de El Escorial/Madrid).
(Prorrateo entre cursos).
7. Alquiler de sala.
8.

Servicio Técnico curso y gastos asociados
a la organización del curso.

9. Costes directos e indirectos de personal.
10. Costes generales de los cursos.
11. Actividades Culturales.
Total presupuesto estimado.

Sec. III. Pág. 73946

Coste
asumido
Imserso

Euros

Coste
asumido
FGUCM

Euros

416,67

208,34

208,34

250,00

125,00

125,00

1.623,20

1.623,20

0,00

3.465,83

3.465,83

0,00

8.383,33

4.191,67

4.191,67

1.041,67

1.041,67

0,00

416,67

208,34

208,34

14.680,72

8.696,62

ANEXO III

Acuerdan las partes que los datos personales (nombre, apellidos, DNI y correo
electrónico), (en adelante, «los datos personales») de los interesados, que podrán ser
tanto profesores como alumnos (en adelante, los interesados), serán comunicados por
cualquiera de las partes exclusivamente, para la ejecución del contrato de alquiler de
espacios e instalaciones que ambas han suscrito.
En este sentido y dando cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE)
2016/679 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al
tratamiento de los datos personales y a la libre circulación de los datos (RGPD), las
partes acuerdan que ambas tratarán los datos personales que le sean comunicados, con
la finalidad del Curso «Cuidados y desarrollo profesional. Desafíos profesionales y
personales en una realidad altamente feminizada».
Cada una de las partes será responsable y responderá del cumplimiento de las
obligaciones establecidas por el RGPD con respecto al tratamiento de los datos
personales con ocasión de la colaboración entre ambas. Los interesados podrán ejercer
sus derechos de acceso, rectificación, oposición, portabilidad, limitación y supresión del
tratamiento ante ambas las partes, a través de las correspondientes direcciones de
correo facilitadas tanto por el Imserso como por la FGUCM, respectivamente, para el
ejercicio de los mismos.
Cada parte notificará a la otra, en la dirección señalada abajo, lo más
inmediatamente posible cualquier destrucción, pérdida, alteración, divulgación o acceso
a datos personales de la que tenga conocimiento y que afecte a los tratamientos de la
otra parte («Violación de Seguridad»), siempre dentro del plazo de las veinticuatro horas
posteriores a la toma de conocimiento de la misma.
La parte que haya sufrido la Violación de Seguridad deberá colaborar con la otra
parte, para mitigar cualquier efecto que pueda afectar a los datos que ésta trate.
Será responsabilidad de la parte que sufra la brecha de seguridad, comunicar a los
interesados y a la autoridad de control, en los casos en que así fuera necesario según lo
indicado en el RGPD, así como responder ante cualquier perjuicio que sufra la contraria.
Las partes no asumirán responsabilidad alguna en el supuesto de que la otra parte
contravenga o infrinja, de cualquier forma, el cumplimiento de las obligaciones que con
respecto al tratamiento de los datos personales imponga el RGPD.

cve: BOE-A-2024-12935
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Protección de datos