III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-12917)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la organización del IX Congreso Estatal de Convivencia Escolar.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Miércoles 26 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73812

La estimación económica de gasto asumida por la Comunidad Autónoma de CastillaLa Mancha para la celebración del IX Congreso Estatal de Convivencia Escolar
ascenderá a un máximo de treinta mil euros (30.000,00 euros), IVA incluido, con cargo a
las
aplicaciones
presupuestarias
18020000.422D.22506,
tramitándose
los
correspondientes expedientes de contratación que resultaran precisos para desarrollar
las actuaciones comprometidas.
Cuarta.

Comisión mixta de seguimiento.

Para el seguimiento, desarrollo y evaluación del presente convenio, y de cuantas
actuaciones se deriven de él, se establece una Comisión integrada por dos
representantes nombrados por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes y dos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla-La
Mancha.
Los miembros de esta comisión podrán ser sustituidos con carácter definitivo o
temporal. Esta sustitución será anunciada en la convocatoria de la reunión
correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de la misma.
Las sustituciones que se realicen de los miembros de la comisión respetarán, en todo
caso, la composición paritaria de ambas partes.
Para el cumplimiento de tales fines, así como para la resolución de las discrepancias
que pudieran surgir en la aplicación del presente convenio, la Comisión podrá reunirse
cuantas veces considere necesario, y siempre que lo solicite una de las partes.
Quinta.

Tratamiento de datos.

Las Partes se obligan a que el tratamiento de los datos de carácter personal derivado
del presente convenio esté sujeto a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 abril de 2016, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
(BOE de 6 de diciembre).
Sexta.

Publicidad.

Las partes podrán dar publicidad al convenio y al desarrollo de las actuaciones,
pudiendo realizar esta publicidad en el marco de la difusión de sus proyectos en materia
educativa, mencionando siempre la financiación de la otra parte. Las partes podrán
informar públicamente y siempre de modo leal de la existencia y cumplimiento del
convenio, en la medida y medios que consideren oportunos, así como publicar y divulgar
del modo que estimen más conveniente y siempre de manera leal, los resultados de las
actividades desarrolladas en el marco del convenio. En ambos casos, la parte que desee
efectuar la publicación informará previamente y por escrito a la otra parte. A tal fin, la
parte que publique facilitará una copia del texto completo e imágenes a la otra, que no
denegará su consentimiento de manera irrazonable, que se entenderá concedido tras
tres días hábiles sin respuesta.
Vigencia del convenio.

El presente convenio resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días
hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público estatal. Asimismo, el convenio será
publicado, en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial
del Estado».
El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

cve: BOE-A-2024-12917
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.