III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-12917)
Resolución de 19 de junio de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para la organización del IX Congreso Estatal de Convivencia Escolar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73810
sistema educativo y para el empleo, y la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de deporte de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
2. Que, de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, se atribuyen a la Secretaría de Estado de Educación, a través de
la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, las relaciones de
coordinación, colaboración y cooperación con las comunidades autónomas, corporaciones
locales y otras administraciones públicas, en el ámbito educativo no universitario, con
excepción del Sistema de la Formación Profesional, la promoción de actuaciones que
favorezcan los estilos de vida saludables y sostenibles, la convivencia en el centro, la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, el respeto a la diversidad afectivo-sexual, la no
discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución
pacífica de conflictos y la coordinación de planes y programas, así como la promoción de
estrategias educativas dirigidas a favorecer la igualdad de oportunidades del alumnado en
el acceso, los procesos y los resultados de la educación no universitaria, la prevención del
abandono temprano de la educación y la segregación escolar, sin perjuicio de las
competencias de la Secretaría General de Formación Profesional; el acceso asequible al
primer ciclo de educación infantil, la atención temprana, la orientación educativa, la
educación inclusiva, el bienestar emocional, el desarrollo sostenible, la ciudadanía mundial
y la atención a otras áreas de interés socioeducativo.
3. Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, de acuerdo
con el artículo 2.4. del Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes, a través de la Secretaría de Estado de Educación, tiene adscrito el
Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar.
4. Que, de acuerdo con la legislación vigente, corresponde a las Administraciones
educativas facilitar que los centros puedan elaborar sus propias normas de organización
y funcionamiento y regular los protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar,
ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra manifestación de
violencia, así como los requisitos y las funciones que debe desempeñar el coordinador o
coordinadora de bienestar y protección.
5. Que, en los compromisos compartidos entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y las Comunidades Autónomas se encuentra la
mejora de la convivencia escolar, así como la prevención del acoso, el ciberacoso y
cualquier manifestación de violencia en los centros educativos.
6. Que, para la consecución de los fines anteriormente establecidos, se considera
imprescindible realizar un congreso a nivel nacional, en el que se compartan buenas
prácticas de los centros educativos en materia de convivencia escolar y bienestar
emocional y se difundan investigaciones y conocimientos de expertos reconocidos en
este ámbito.
7. Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería
de Educación, Cultura y Deportes, ha manifestado su interés por acoger unas jornadas
de este tipo, y de organizarlas en colaboración con el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes.
Sobre la base del mutuo interés y lo anteriormente manifestado, Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes y la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha acuerdan suscribir el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración para la
gestión y organización del IX Congreso Estatal de Convivencia Escolar, a celebrar en
cve: BOE-A-2024-12917
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154
Miércoles 26 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73810
sistema educativo y para el empleo, y la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en
materia de deporte de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
2. Que, de acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por
el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes, se atribuyen a la Secretaría de Estado de Educación, a través de
la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, las relaciones de
coordinación, colaboración y cooperación con las comunidades autónomas, corporaciones
locales y otras administraciones públicas, en el ámbito educativo no universitario, con
excepción del Sistema de la Formación Profesional, la promoción de actuaciones que
favorezcan los estilos de vida saludables y sostenibles, la convivencia en el centro, la
igualdad efectiva de mujeres y hombres, el respeto a la diversidad afectivo-sexual, la no
discriminación, la prevención del acoso escolar y de la violencia de género y la resolución
pacífica de conflictos y la coordinación de planes y programas, así como la promoción de
estrategias educativas dirigidas a favorecer la igualdad de oportunidades del alumnado en
el acceso, los procesos y los resultados de la educación no universitaria, la prevención del
abandono temprano de la educación y la segregación escolar, sin perjuicio de las
competencias de la Secretaría General de Formación Profesional; el acceso asequible al
primer ciclo de educación infantil, la atención temprana, la orientación educativa, la
educación inclusiva, el bienestar emocional, el desarrollo sostenible, la ciudadanía mundial
y la atención a otras áreas de interés socioeducativo.
3. Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, de acuerdo
con el artículo 2.4. del Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla
la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y
Deportes, a través de la Secretaría de Estado de Educación, tiene adscrito el
Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar.
4. Que, de acuerdo con la legislación vigente, corresponde a las Administraciones
educativas facilitar que los centros puedan elaborar sus propias normas de organización
y funcionamiento y regular los protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar,
ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra manifestación de
violencia, así como los requisitos y las funciones que debe desempeñar el coordinador o
coordinadora de bienestar y protección.
5. Que, en los compromisos compartidos entre el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes y las Comunidades Autónomas se encuentra la
mejora de la convivencia escolar, así como la prevención del acoso, el ciberacoso y
cualquier manifestación de violencia en los centros educativos.
6. Que, para la consecución de los fines anteriormente establecidos, se considera
imprescindible realizar un congreso a nivel nacional, en el que se compartan buenas
prácticas de los centros educativos en materia de convivencia escolar y bienestar
emocional y se difundan investigaciones y conocimientos de expertos reconocidos en
este ámbito.
7. Que la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a través de la Consejería
de Educación, Cultura y Deportes, ha manifestado su interés por acoger unas jornadas
de este tipo, y de organizarlas en colaboración con el Ministerio de Educación,
Formación Profesional y Deportes.
Sobre la base del mutuo interés y lo anteriormente manifestado, Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes y la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha acuerdan suscribir el presente convenio, el cual se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración para la
gestión y organización del IX Congreso Estatal de Convivencia Escolar, a celebrar en
cve: BOE-A-2024-12917
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 154