III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-12911)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con SUMA Gestión Tributaria, Diputación Provincial de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Miércoles 26 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73778

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
12911

Resolución de 18 de junio de 2024, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con SUMA Gestión Tributaria, Diputación
Provincial de Alicante.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y SUMA Gestión
Tributaria, Diputación Provincial de Alicante, un convenio de colaboración en materia de
Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 18 de junio de 2024.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y SUMA Gestión Tributaria, Diputación Provincial de Alicante,
de colaboración en materia de gestión catastral
En la ciudad de Alicante, a diecisiete de junio del año dos mil veinticuatro.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre),
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Antonio Pérez Pérez, Presidente de SUMA Gestión Tributaria,
Diputación Provincial de Alicante, en uso de las facultades que le confiere el artículo 9.a)
de sus Estatutos, aprobados por acuerdo plenario de la Diputación en fecha 11 de abril
de 1990 (BOP de Alicante de 28 de abril), y posteriormente modificados por acuerdos del
Pleno de la Diputación Provincial en sesiones celebradas el 16 de septiembre de 2015
(BOP de Alicante de 16 de noviembre) y el 18 de diciembre de 2020 (BOP de Alicante
de 8 de marzo de 2021).
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General

cve: BOE-A-2024-12911
Verificable en https://www.boe.es

Primero.