III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2024-12921)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Ontinyent, para la realización de actuaciones de restauración del río Clariano entre Pont Vell y Pont Nou en Ontinyent.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Miércoles 26 de junio de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
12921

Resolución de 18 de junio de 2024, de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de
Ontinyent, para la realización de actuaciones de restauración del río Clariano
entre Pont Vell y Pont Nou en Ontinyent.

La Confederación Hidrográfica del Júcar y el Ayuntamiento de Ontinyent, han suscrito,
con fecha 13 de junio de 2024, el Convenio de referencia, por lo que conforme a lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del
Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Valencia, 18 de junio de 2024.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del
Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán.
ANEXO
Convenio suscrito entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
y el Ayuntamiento de Ontinyent, para la realización de actuaciones de restauración
del río Clariano entre Pont Vell y Pont Nou en Ontinyent
REUNIDOS
De una parte, don Miguel Polo Cebellán, que interviene en nombre y representación
de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con CIF Q4617001E, de la que es
Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión
de 2 de febrero de 2021), en virtud de las facultades que le confiere el artículo 30 del
Real Decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2,
b) y 25.2 del citado Texto Refundido, ostentando la competencia que le confiere el
artículo 48.2 de la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra parte, don Jorge Rodríguez Gramage, alcalde del ayuntamiento de
Ontinyent, nombrado en Pleno extraordinario del día 17 de junio 2023, en ejercicio de las
atribuciones conferidas por las leyes 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local y Ley 8/2010, de 23 de junio, de Régimen Local de la Comunitat
Valenciana.

EXPONEN
I. Que la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., tiene entre sus funciones la
gestión y administración del Dominio Público Hidráulico, con el objetivo, entre otros, de
prevenir el deterioro, proteger y mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos, así
como de los sistemas terrestres y humedales que dependan de modo directo de los
acuáticos en relación con sus necesidades de agua, tal y como establece el artículo 92
del Texto Refundido de la Ley de Aguas. La protección del dominio público hidráulico

cve: BOE-A-2024-12921
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Ambas partes, en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que
ostentan, se reconocen recíprocamente capacidad y competencia para formalizar el
presente Convenio y,