III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-12842)
Resolución 420/38247/2024, de 17 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Viator, para apoyar la realización del Premio "General Fernando Alvarez de Sotomayor y Flores".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Martes 25 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73366
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
El pago se realizará, tras finalizar la actividad prevista en la cláusula primera,
mediante una transferencia, en la cuenta que a tal efecto designe el Ayuntamiento de
Viator.
Para ello, el Ministerio de Defensa elaborará una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada en la Subsecretaría de Defensa.
Los criterios relativos a los gastos a justificar por el Ayuntamiento de Viator, con
cargo al Ministerio de Defensa, relacionados con el objeto del convenio están detallados
en el anexo del presente convenio.
Por parte del Ministerio de Defensa se emitirán certificaciones de conformidad para
acreditar la correcta ejecución del objeto y de las actividades previstas.
Cuarta. Procedimiento de justificación del gasto.
1. El Ayuntamiento de Viator remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del
gasto, la semana siguiente a la finalización del periodo de vigencia del convenio el que
se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto imputados al convenio tanto del Ministerio de
Defensa como del Ayuntamiento de Viator:
Tickets, y facturas o documentos de valor probatorio equivalente (para aquellas
operaciones exentas de IVA, será suficiente cualquier otro documento de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con esa misma eficacia administrativa de
acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación).
Las facturas deberán incluir en su objeto el fin o actividad para el que se ha realizado
dicho gasto.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del presente convenio.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b)
Memoria económica:
En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
Ministerio de Defensa y del Ayuntamiento de Viator.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto y del
pago que se presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden
marcado en la memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos
manuscritos.
Memoria de la actividad:
Asimismo, tras finalizar las citadas actividades el Ayuntamiento de Viator remitirá a la
Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad donde se
incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de las
actividades realizadas.
2.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del sistema de Gestión
cve: BOE-A-2024-12842
Verificable en https://www.boe.es
c)
Núm. 153
Martes 25 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73366
establece el procedimiento de tramitación e información sobre ingresos en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
El pago se realizará, tras finalizar la actividad prevista en la cláusula primera,
mediante una transferencia, en la cuenta que a tal efecto designe el Ayuntamiento de
Viator.
Para ello, el Ministerio de Defensa elaborará una propuesta de pago, una vez
reconocida la obligación por el órgano competente, previa fiscalización efectuada por la
Intervención Delegada en la Subsecretaría de Defensa.
Los criterios relativos a los gastos a justificar por el Ayuntamiento de Viator, con
cargo al Ministerio de Defensa, relacionados con el objeto del convenio están detallados
en el anexo del presente convenio.
Por parte del Ministerio de Defensa se emitirán certificaciones de conformidad para
acreditar la correcta ejecución del objeto y de las actividades previstas.
Cuarta. Procedimiento de justificación del gasto.
1. El Ayuntamiento de Viator remitirá al Ministerio de Defensa un expediente del
gasto, la semana siguiente a la finalización del periodo de vigencia del convenio el que
se incluirán los siguientes documentos:
a) Documentos justificativos del gasto imputados al convenio tanto del Ministerio de
Defensa como del Ayuntamiento de Viator:
Tickets, y facturas o documentos de valor probatorio equivalente (para aquellas
operaciones exentas de IVA, será suficiente cualquier otro documento de valor probatorio
equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con esa misma eficacia administrativa de
acuerdo con el artículo 3 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación).
Las facturas deberán incluir en su objeto el fin o actividad para el que se ha realizado
dicho gasto.
Estos documentos justificativos del gasto habrán de tener fecha comprendida dentro
del periodo de vigencia del presente convenio.
Los documentos justificativos del gasto y los certificados emitidos por la entidad
deberán ser copias electrónicas auténticas, que se obtendrán en uno de los Registros
Electrónicos de las Administraciones Públicas, conforme al artículo 27.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
b)
Memoria económica:
En ella se desglosarán los gastos realizados con cargo a la aportación económica del
Ministerio de Defensa y del Ayuntamiento de Viator.
Incorporará los certificados exigidos y los documentos justificativos del gasto y del
pago que se presentarán debidamente identificados y ordenados, siguiendo el orden
marcado en la memoria económica, sin presentar, en ningún caso, añadidos
manuscritos.
Memoria de la actividad:
Asimismo, tras finalizar las citadas actividades el Ayuntamiento de Viator remitirá a la
Secretaría General de Política de Defensa una memoria de la actividad donde se
incluirán los dosieres gráficos, carteles, trípticos que integren o se deriven de las
actividades realizadas.
2.
Forma de presentación del expediente:
El expediente del gasto se presentará electrónicamente, conforme establece el
artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a través del sistema de Gestión
cve: BOE-A-2024-12842
Verificable en https://www.boe.es
c)