III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-12831)
Resolución de 3 de junio de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Teruel, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Martes 25 de junio de 2024

Sec. III. Pág. 73333

Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Teruel y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Ababuj,
Abejuela, Aguatón, Aguilar del Alfambra, Alba, Albarracín, Albentosa, Alcalá de la Selva,
Alfambra, Aliaga, Allepuz, Almohaja, Alobras, Arcos de las Salinas, Bezas, Bronchales,
Bueña, Cabra de Mora, Calomarde, Camañas, Camarena de la Sierra, Camarillas,
Cañada de Benatanduz, Cañada Vellida, Cañizar del Olivar, Cascante del Río, Castel de
Cabra, Cedrillas, Celadas, Cella, Corbalán, Crivillén, Cubla, Cuevas de Almudén, Cuevas
Labradas, Ejulve, El Castellar, El Cuervo, El Pobo, El Vallecillo, Escorihuela, Escucha,
Estercuel, Formiche Alto, Fortanete, Frías de Albarracín, Fuentes Calientes, Fuentes de
Rubielos, Galve, Gargallo, Gea de Albarracín, Griegos, Guadalaviar, Gúdar, Hinojosa de
Jarque, Jabaloyas, Jarque de la Val, Jorcas, La Puebla de Valverde, La Zoma, Libros,
Linares de Mora, Manzanera, Mezquita de Jarque, Miravete de la Sierra, Monteagudo del
Castillo, Monterde de Albarracín, Mora de Rubielos, Moscardón, Mosqueruela, Noguera
de Albarracín, Nogueruelas, Olba, Orihuela del Tremendal, Orrios, Palomar de Arroyos,
Peracense, Peralejos, Perales del Alfambra, Pitarque, Pozondón, Puertomingalvo,
Riodeva, Ródenas, Royuela, Rubiales, Rubielos de Mora, Saldón, San Agustín, Santa
Eulalia, Sarrión, Singra, Terriente, Toril y Masegoso, Tormón, Torrelacárcel, Torremocha
de Jiloca, Torres de Albarracín, Torrijas, Tramacastiel, Tramacastilla, Valacloche,
Valbona, Valdecuenca, Valdelinares, Veguillas de la Sierra, Villafranca del Campo, Villar
del Cobo, Villar del Salz, Villarluengo, Villarquemado, Villarroya de los Pinares, Villastar y
Villel, continuará desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo
establecido en la disposición transitoria octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta
Resolución, aplicando las normas reseñadas en el artículo segundo.
Cuarto.
La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.
Quinto.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-12831
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 3 de junio de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X