II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Procesos selectivos. (BOE-A-2024-12819)
Resolución de 18 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de 2023, y al proceso selectivo vinculado a las ofertas de empleo público de 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Martes 25 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 73286

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE HACIENDA
12819

Resolución de 18 de junio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se declara
inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en los procesos
selectivos correspondientes a la oferta de empleo público de 2023, y al
proceso selectivo vinculado a las ofertas de empleo público de 2021 y 2022.

El desarrollo de los procesos selectivos convocados por este Ministerio,
correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2023 y el proceso selectivo vinculado
a las Ofertas de Empleo Público de 2021 y 2022, exige el cumplimiento de determinados
plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos
de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos
durante el mes de agosto, esta Subsecretaría resuelve declarar inhábil dicho mes a
efectos del cómputo de plazos en los procesos selectivos de los siguientes Cuerpos:
Correspondientes a la oferta de empleo público 2023:





Superior de Interventores y Auditores del Estado.
Técnico de Auditoría y Contabilidad.
Superior de Gestión Catastral.
Técnico de Gestión Catastral.

Vinculado a las ofertas de empleo público 2021 y 2022:
– Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que dictó el acto en el plazo de
un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
domicilio del interesado, a elección del mismo, en ambos casos a partir del día siguiente
al de su notificación (artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y artículo 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa) y sin perjuicio de
cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

cve: BOE-A-2024-12819
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 18 de junio de 2024.–La Subsecretaria de Hacienda, Lidia Sánchez Milán.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X