III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-12851)
Resolución de 14 de junio de 2024, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 11 de junio de 2024, por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental al "Proyecto para mejora de la eficiencia energética mediante la adaptación de equipos e incorporación de energías renovables para la instalación de regeneración y mejora de la calidad de las aguas en la Comunidad de Regantes de Cuevas del Almanzora (Almería)", comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase I.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 25 de junio de 2024

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tales como la eficiencia energética o del empleo de recursos naturales, la reducción de
su impacto ambiental o la mejora de la sostenibilidad de la instalación ya existente».
Con el fin de asegurar el más elevado nivel de protección ambiental en la ejecución
de los proyectos acogidos al artículo 8.3, el Consejo de Ministros celebrado el 11 de julio
de 2023 aprobó el Acuerdo por el que se establece un protocolo de actuación, para su
aplicación a los proyectos incluidos en el Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 11 de junio de 2024, el Consejo de Ministros,
acuerda:
Primero. Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
«Proyecto para mejora de la eficiencia energética mediante la adaptación de equipos e
incorporación de energías renovables para la instalación de regeneración y mejora de la
calidad de las aguas en la Comunidad de Regantes de Cuevas del Almanzora
(Almería)».
El proyecto consiste en la modernización de la infraestructura de riego, para mejorar
su eficiencia energética y conseguir un ahorro de energía, sobre una superficie de 5.400
ha de la Comunidad de Regantes de Cuevas del Almanzora, en la provincia de Almería.
Para ello se realizará una planta solar fotovoltaica y una línea eléctrica de media
tensión que transportará la energía generada hasta la estación desalinizadora de agua
salobre de la comunidad de regantes, con objeto de aumentar la cantidad de energía
renovable y reducir las emisiones de CO2.
Con el fin de reducir el consumo de energía se instalará una tubería que realizará
una función de bypass, ya que permitirá conducir directamente el agua producida en la
planta desalobradora a una de las tuberías generales de distribución, evitando así elevar
parte del agua desalobrada procedente de la planta hasta la balsa Abellán y de allí
distribuirla a uno de los sectores de la zona regable, como se está realizando
actualmente.
Para mejorar la eficiencia energética de la comunidad se implantarán en la planta
desalobradora dos recuperadores de energía isobáricos para agua salobre y una bomba
booster entre etapas, que se instalarán en las cuatro líneas de producción de agua
permeada existentes en la planta.
Asimismo, se instalará un sistema de telecontrol que permitirá una gestión más
eficiente del agua.
La producción eléctrica fotovoltaica de la nueva planta permitirá una reducción de
emisiones de 1.696.361,940 kg CO2eq/año, lo que unido a la reducción del consumo de
energía que proporcionan la tubería que hace la función de bypass y el nuevo
equipamiento de la estación desalinizadora de agua salobre, que conllevan también una
reducción de emisiones, hacen que el proyecto contribuya sustancialmente a la
mitigación del cambio climático.

cve: BOE-A-2024-12851
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Núm. 153