III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-12848)
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica del Mediterráneo, SCL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Martes 25 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73409
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
12848
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica
del Mediterráneo, SCL.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Hermandad Farmacéutica del
Mediterráneo, SCL (código de convenio núm. 90002472011982), que fue suscrito con
fecha 24 de abril de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra por los comités de empresa y
delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido
finalmente subsanado mediante Acta de 6 de junio de 2024, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de junio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE HERMANDAD FARMACÉUTICA DEL MEDITERRÁNEO,
SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA (HEFAME, SCL)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación
La regulación de las condiciones de trabajo establecidas en el presente convenio
colectivo será de aplicación en los centros de trabajo que Hefame tiene abiertos y cuyos
representantes de los trabajadores hayan formado parte de la comisión negociadora del
convenio colectivo.
Artículo 2.
Ámbito personal.
La regulación de las condiciones de trabajo que se contienen en este convenio
colectivo será de aplicación a las relaciones laborales establecidas entre Hefame y el
personal vinculado a ésta mediante contrato de trabajo y que preste sus servicios en
aquellos centros de trabajo cuyos representantes legales de los trabajadores hayan
formado parte de la comisión negociadora del convenio colectivo.
cve: BOE-A-2024-12848
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.
Núm. 153
Martes 25 de junio de 2024
Sec. III. Pág. 73409
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
12848
Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el Convenio colectivo de Hermandad Farmacéutica
del Mediterráneo, SCL.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Hermandad Farmacéutica del
Mediterráneo, SCL (código de convenio núm. 90002472011982), que fue suscrito con
fecha 24 de abril de 2024, de una parte por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra por los comités de empresa y
delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido
finalmente subsanado mediante Acta de 6 de junio de 2024, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de junio de 2024.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE HERMANDAD FARMACÉUTICA DEL MEDITERRÁNEO,
SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA (HEFAME, SCL)
TÍTULO I
Ámbito de aplicación
La regulación de las condiciones de trabajo establecidas en el presente convenio
colectivo será de aplicación en los centros de trabajo que Hefame tiene abiertos y cuyos
representantes de los trabajadores hayan formado parte de la comisión negociadora del
convenio colectivo.
Artículo 2.
Ámbito personal.
La regulación de las condiciones de trabajo que se contienen en este convenio
colectivo será de aplicación a las relaciones laborales establecidas entre Hefame y el
personal vinculado a ésta mediante contrato de trabajo y que preste sus servicios en
aquellos centros de trabajo cuyos representantes legales de los trabajadores hayan
formado parte de la comisión negociadora del convenio colectivo.
cve: BOE-A-2024-12848
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 1. Ámbito territorial.