I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2024-12811)
Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Martes 25 de junio de 2024

Sec. I. Pág. 73214

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DEL INTERIOR
Orden INT/632/2024, de 20 de junio, por la que se establecen normas para la
aplicación y desarrollo del Reglamento de procesos selectivos y formación de
la Policía Nacional, aprobado por el Real Decreto 853/2022, de 11 de
octubre.

La disposición final segunda del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, por el que
se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional,
habilita al titular del Ministerio del Interior a dictar cuantas disposiciones sean necesarias
para el desarrollo y aplicación del mismo.
El citado Reglamento establece el marco general de su regulación de conformidad
con los principios contemplados en la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen
de Personal de la Policía Nacional, siendo ahora necesario regular de manera integral y
sistemática aspectos concretos, con la finalidad de agilizar y mejorar los procesos
selectivos para una selección más eficaz de las personas participantes y su posterior
formación.
Esta orden se divide en ocho capítulos: objeto y ámbito de aplicación, disposiciones
comunes a todos los procesos selectivos, procesos selectivos de ingreso en la Policía
Nacional en las categorías de Policía e Inspector o Inspectora, procesos selectivos de
promoción interna por las modalidades de antigüedad selectiva y concurso-oposición,
escalafonamiento en los procesos selectivos de ingreso y promoción interna, procesos
selectivos de acceso a las plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional
y plan de formación en competencia lingüística.
La propuesta se adecúa a los principios de buena regulación previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad
jurídica, transparencia y eficiencia.
La norma responde a los principios de necesidad y eficacia, al identificar el fin
perseguido de actualizar los procesos selectivos para el ingreso, promoción interna y
acceso a las plazas de personal facultativo y técnico de la Policía Nacional.
Conforme al principio de proporcionalidad, la orden supone el medio necesario y
suficiente para atender a la necesidad perseguida, sin implicar restricción de derechos a
sus destinatarios.
También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica al integrarse de manera
coherente con el resto del ordenamiento jurídico para generar un marco normativo
estable.
Se ha garantizado el principio de transparencia, ya que la orden define los objetivos
que persigue y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 94 de la Ley
Orgánica 9/2015, de 28 de julio, ha sido sometida al Consejo de Policía para la emisión
de su informe. De conformidad con el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno, el proyecto fue sometido al trámite de audiencia e información
pública.
Esta orden se dicta en el ejercicio de la competencia del Estado en materia de
seguridad pública, reconocida en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española.

cve: BOE-A-2024-12811
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