II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2024-12822)
Orden de 12 de junio de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en el Instituto Vasco de Medicina Legal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Martes 25 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 73295
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
12822
Orden de 12 de junio de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y
Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico para la
provisión de puesto de trabajo en el Instituto Vasco de Medicina Legal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 532 y 533 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 49 y siguientes del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia concurso específico de méritos para
la provisión del puesto de trabajo de Jefa o Jefe del Servicio de Clínica Médico Forense
en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal.
De conformidad con el Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas
Sociales, resuelvo:
Artículo 1.
Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico de
méritos, del puesto de trabajo vacante singularizado de Jefa o Jefe del Servicio de
Clínica Médico Forense en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina
Legal, y que se relaciona en el anexo I «relación de puestos de trabajo».
Artículo 2.
Requisitos generales:
Podrá participar el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de
Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que esté destinado, que
reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta
convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de
participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.
El personal funcionario en situación de servicio activo deberá mantener esta
situación hasta la resolución definitiva del concurso. Quienes se encuentren en las
situaciones de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, en
el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la
participación en el concurso. Tampoco será excluido el personal funcionario en activo
que pase a la situación de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de
familiares.
En caso de que el personal funcionario que se encuentre en las situaciones de
servicio activo, servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares
pasara, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia
voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por
interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva,
serán excluidos de la participación en el concurso.
No podrá participar en el presente concurso:
El personal funcionario declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
cve: BOE-A-2024-12822
Verificable en https://www.boe.es
1.
Requisitos de participación.
Núm. 153
Martes 25 de junio de 2024
Sec. II.B. Pág. 73295
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO
12822
Orden de 12 de junio de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y
Políticas Sociales, por la que se convoca concurso específico para la
provisión de puesto de trabajo en el Instituto Vasco de Medicina Legal.
De conformidad con lo establecido en el artículo 532 y 533 de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el artículo 49 y siguientes del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
Servicio de la Administración de Justicia, se anuncia concurso específico de méritos para
la provisión del puesto de trabajo de Jefa o Jefe del Servicio de Clínica Médico Forense
en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina Legal.
De conformidad con el Decreto 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas
Sociales, resuelvo:
Artículo 1.
Objeto.
El objeto de la presente convocatoria es la provisión, por concurso específico de
méritos, del puesto de trabajo vacante singularizado de Jefa o Jefe del Servicio de
Clínica Médico Forense en la Subdirección de Gipuzkoa del Instituto Vasco de Medicina
Legal, y que se relaciona en el anexo I «relación de puestos de trabajo».
Artículo 2.
Requisitos generales:
Podrá participar el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de
Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que esté destinado, que
reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta
convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de
participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso.
El personal funcionario en situación de servicio activo deberá mantener esta
situación hasta la resolución definitiva del concurso. Quienes se encuentren en las
situaciones de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares, en
el supuesto de reingresar al puesto de trabajo reservado, no serán excluidos de la
participación en el concurso. Tampoco será excluido el personal funcionario en activo
que pase a la situación de servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de
familiares.
En caso de que el personal funcionario que se encuentre en las situaciones de
servicio activo, servicios especiales o excedencia voluntaria por cuidado de familiares
pasara, durante el proceso de resolución del concurso, a las situaciones de excedencia
voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por
interés particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión definitiva,
serán excluidos de la participación en el concurso.
No podrá participar en el presente concurso:
El personal funcionario declarado suspenso en firme, mientras dure la suspensión.
cve: BOE-A-2024-12822
Verificable en https://www.boe.es
1.
Requisitos de participación.