II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2024-12776)
Resolución de 7 de junio de 2024, conjunta de la Universidad de Murcia y el Servicio Murciano de Salud de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por la que se convoca concurso de acceso a plaza vinculada de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152

Lunes 24 de junio de 2024

Sec. II.B. Pág. 72907

cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o
inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en
situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
2.2

Requisitos específicos:

2.3 En el supuesto de personas de nacionalidad no española o de un Estado en el
que la lengua castellana o española no tenga carácter oficial, tener un conocimiento
adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora
asignada. A tal efecto, se podrá exigir, en su caso, la superación de una prueba
específica que lo acredite. Quedarán eximidas de realizar la prueba las personas que
estén en posesión del diploma español como lengua extranjera (nivel C1 o superior)
regulado por el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, o del certificado de nivel
avanzado o equivalente en español para extranjeros, expedido por la administración
educativa competente. A tal efecto, junto a la solicitud de participación deberán aportar
copia auténtica, compulsada o autenticada por otro medio fehaciente, de dicho diploma o
del mencionado certificado.
2.4 Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
3. Presentación telemática de solicitudes
3.1 Para presentar solicitud de participación, las personas interesadas deben
cumplimentar el formulario Web que se haya establecido específicamente para la plaza y
cuerpo correspondiente, disponible en la aplicación de la Universidad de Murcia
«CONVOCUM PDI», accesible en la URL: https://convocum.um.es/.

cve: BOE-A-2024-12776
Verificable en https://www.boe.es

a) Poseer la acreditación para la figura de profesora o profesor titular de universidad,
de acuerdo con lo establecido en el título I del Real Decreto 678/2023, de 18 de julio.
Asimismo, podrán presentarse a estos concursos quienes posean la acreditación para el
acceso a los respectivos cuerpos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1312/2007,
de 5 de octubre, y en el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo. También podrán concursar
quienes se encuentren en posesión de la habilitación para el acceso a los respectivos
cuerpos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, sin que el
área de conocimiento en la que fueron habilitados/as resulte condicionante para concursar a
cualquiera de las plazas convocadas. Del mismo modo, podrá concursar el personal
funcionario de los cuerpos docentes universitarios, siempre que hayan transcurrido como
mínimo dos años desde que se obtuvo una plaza mediante concurso de acceso en otra
universidad. A todos los efectos se entenderá que están habilitados para profesorado titular
de universidad los actuales catedráticos y catedráticas de escuela universitaria doctores y el
profesorado que se hubiese habilitado como catedrático de escuela universitaria doctor.
Igualmente, podrá presentarse a las plazas respectivas el profesorado de universidades de
Estados miembros de la Unión Europea que haya alcanzado una posición equivalente a la
de catedrático/a de universidad o profesor/a titular de universidad, de acuerdo con la
certificación emitida, a solicitud de la persona interesada, por la Agencia Nacional de
Evaluación y Acreditación.
b) Estar en posesión del Título de Especialista Sanitario en la Especialidad de la
plaza convocada.
c) No podrán participar en los concursos de acceso quienes ostenten la condición
de profesor o profesora en otra universidad, obtenida mediante concurso de acceso,
salvo que se haya producido el desempeño efectivo de la misma durante al
menos dos años, de conformidad con el artículo 35.4 del Real Decreto 678/2023,
de 18 de julio.